Según el proyecto, "la adquisición de la calidad de salvadoreño por nacionalización o naturalización se inscribirá a partir de la certificación de la sentencia emitida por la autoridad correspondiente", lo que será "documento suficiente" para realizar la inscripción o asentamiento.
Así, la nueva normativa obligaría a que la nacionalidad salvadoreña obtenida por naturalización sea "declarada por medio de resolución administrativa" por una autoridad que deberá remitir certificación al Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) en cinco días hábiles siguientes, de lo contrario, habría una multa de $25.
La inscripción de la nacionalización realizada por el RNPN deberá contener:
- Nombre, edad, sexo, estado familiar, fecha y lugar de nacimiento del nacionalizado.
- Nombre y nacionalidad del padre y de la madre del nacionalizado.
- Número, folio e identificación de la autoridad emisora de la resolución administrativa correspondiente que otorga la nacionalidad salvadoreña.
- Nombre y firma de quien realiza la inscripción.
En dicha inscripción, según el proyecto, se relacionarían todos los actos relativos al estado familiar del nacionalizado y a partir de esa inscripción se extenderían certificaciones que tendrán un costo definido por el RNPN.
"Una partida de asentamiento"
Fernando Velasco, presidente del RNPN, explicó que actualmente falta que exista una inscripción o asentamiento para los salvadoreños nacionalizados como tales.Esto realmente ocasiona bastante problema a los ciudadanos nacionalizados, porque hay oficinas que les piden cuál es su asentamiento. En este nuevo proyecto de ley ya establece un procedimiento de ley de asentamiento de personas nacionalizadas, generándole una partida de asentamiento como salvadoreño”.
Fernando Velasco,
presidente del RNPN.
La diputada Suecy Callejas, de Nuevas Ideas, manifestó sus dudas y consideró que no es jurídicamente viable generarle una partida de nacimiento a una persona nacionalizada, ante lo cual el titular del RNPN indicó que "lo que se está generando es una inscripción".
"Él tiene derecho a tener su DUI, él no necesita una partida de nacimiento porque no nació acá", respondió Callejas.
El presidente del RNPN explicó que, cuando hay un matrimonio o divorcio, este acto tiene que marginarse –escribirse– en un asiento y este sería la inscripción del salvadoreño por nacionalización o naturalización. "Es lo que se está proponiendo, un asiento de inscripción", detalló.
“Al no tener una inscripción, cuando sucede un acto que modifique, como un matrimonio, en un divorcio, ¿dónde lo vas a marginar?, actualmente no lo hay, ¿lo marginarías en la sentencia?, no es un documento para estar marginando”, insistió. El funcionario detalló que la nueva Ley del Registro del Estado Familiar, una vez aprobada, tendría efecto retroactivo.