Las dos nuevas leyes aprobadas anoche por la Asamblea Legislativa otorgan 25 años de exención de impuestos a la construcción y la operación del Aeropuerto Internacional del Pacífico y del Tren del Pacífico.

Ambas leyes fueron aprobadas con 67 votos de Nuevas Ideas, Gana, PCN, PDC y tres diputados que renunciaron de Arena. Arena, FMLN, Nuestro Tiempo y Vamos se abstuvieron.

El artículo 29 de la “Ley para la construcción, administración, operación y mantenimiento del Aeropuerto Internacional del Pacífico” indica que habrá exoneraciones de Impuesto sobre la Renta, IVA, aranceles a la importación y transferencia de bienes raíces a la operación, mantenimiento y funcionamiento de tiendas comerciales e industrias durante 25 años a partir del inicio de operaciones.

Oponerse a ese tipo de proyectos es tener poca empatía con nuestra diáspora, parece que despreciaran el oriente de nuestro país”. Ana Figueroa, diputada de Nuevas Ideas


El artículo 10 de la “Ley del régimen especial para la simplificación de trámites y actos administrativos relativos al Tren del Pacífico” indica que estará exento de los mismos impuestos por 25 años para “quienes participen en la fase de operación, mantenimiento y funcionamiento de servicios comerciales”. Los comercios y las empresas involucradas no necesitarán autorización previa ni orden de franquicia aduanera de importación para la importación de bienes que gocen de exención.

Ambas leyes aprobadas también eximen al Estado de aplicar la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) en las compras relacionadas a ambos proyectos, para lo cual Hacienda emitirá una norma dentro de ocho días.

Tiene la categoría de impacto ambiental potencial moderado o alto. Pero preocupa que el artículo 9 de esta ley establece que el MARN podrá acelerar los trámites”. Claudia Ortiz, diputada de Vamos

Limitaciones.

La exención aplica también a la adquisición de propiedades y el proceso de estudios, diseño y construcción del Aeropuerto y a la importación solo de bienes estrictamente indispensables para edificar y poner en funcionamiento el aeropuerto “o las empresas conexas”. La ley aclara que ninguna exención se aplicará a importación de armas e fuego, municiones, bienes para consumo o uso personal de directivos, socios o personal de la empresa, familiares o empresas relacionadas.

Incentivos para atraer inversiones.

El asesor de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA), Alexander López, expresó han verificado en otros países que este tipo de proyectos presentan incentivos fiscales “no solamente que venga a facilitar la construcción con el menor impacto fiscal posible” sino que pueda convertirse en “imán para la atracción de inversiones para asegurar su ejecución, su mantenimiento y su operación”. Por ello, aseguró, que se propone un periodo de exoneración de 25 años.

Punto 1

Facilita permisos ágiles para los proyectos
Las leyes ordena a ministerios de Medio Ambiente, Cultura, oficinas de planificación municipales, Centro Nacional de Registros y otras entidades públicas a emitir lineamientos que simplifiquen y aceleren la emisión de documentos y de permisos relacionados con la construcción y operación del Tren del Pacífico y el Aeropuerto.

Punto 2

Avala a inaplicar la Ley de Adquisiciones
No se aplicará la Ley de Adquisiciones y Contrataciones para la Administración Pública (LACAP) autorizando a la UNAC del Ministerio de Hacienda (Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública) a elaborar las normativa para la adquisición y contrataciones en torno a ambos proyectos.

Punto 3

Concesión o asocios
La ley del Tren del Pacífico permite que el Estado pueda crear “empresas públicas para la operación total o parcial del sistema ferroviario Tren del Pacífico, así como para concesionar parcial o totalmente las operaciones de este”. Sin embargo, la ley del Aeropuerto permite a CEPA asociarse con privados o constituir sociedades para construir, administrar, operar o mantener el nuevo Aeropuerto.

Punto 4

Compra de inmuebles o expropiación
Las leyes permite declarar o declara de utilidad pública los inmuebles que incluyan el trazado de construcción del Tren del Pacífico o del Aeropuerto en su caso. Publicará los nombres de propietarios de los inmuebles afectados para lograr una compraventa que se pagará en no más de 180 días. De lo contrario, se iniciará un proceso de expropiación.

Punto 5

Leyes declaradas de carácter especial
Las leyes para la construcción del Tren del Pacífico como para la construcción del Aeropuerto Internacional del Pacífico fueron declaradas de carácter especial y se expresa que privan sobre cualquier otra ley especial o general que la contradiga. Ambos decretos iniciarán su vigencia ocho días después de la publicación en el Diario Oficial.

Punto 6

Corte de Cuentas podrá auditar
Ambas normativas recuerdan que la Corte de Cuentas de la República dentro de sus facultades legales podrán practicar auditoría externa, financiera y operacional, o de gestión de las operaciones derivadas de l proyecto del Tren del Pacífico, así como del proyecto del Aeropuerto Internacional del Pacífico.