Ante la ampliación del plazo para que los salvadoreños en el exterior cambien su domicilio en el registro electoral de compatriotas en el extranjero, miembros de la oposición en la Junta de Vigilancia Electoral (JVE) manifestaron sus dudas sobre si esta medida afectaría el proceso de auditoría al registro electoral de salvadoreños en el exterior o permitiría movilizaciones de electores en el registro.

El director de Nuestro Tiempo ante la JVE, Jeovany Maravilla, opinó que los 90 días antes de las elecciones “no es tiempo suficiente” para garantizar una auditoría integral al registro de voto en el exterior.

El registro de salvadoreños en el exterior siempre ha sido conformado por los documentos de identidad registrados por el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN); en el proceso 2024 se agregarán los pasaportes y el censo de Cancillería. Para la elaboración, el Tribunal Supremo Electoral ya se reunió con el RNPN, Migración, Cancillería y el secretario de Innovación de la Presidencia de la República.

A tres meses de las elecciones 2024 considero que no es tiempo suficiente para poder garantizar una auditoría de este registro”. Jeovany Maravilla, JVE Nuestro Tiempo

Las dudas.

Para el director suplente ante la JVE por Alianza Republicana Nacionalista (Arena), César Reyes, debería ser el organismo colegiado el que responda si el tiempo es suficiente para asegurar que “actores importantes y fiscalizadores” como la JVE cuente con herramientas y espacios suficientes para garantizar “la pureza del proceso” electoral.

Reyes recordó que la JVE aún no ha sido incluida en la comisión de datos que integrarán el registro electoral para el voto en el exterior.

Añadió que las disposiciones pueden “dar lugar a la movilización de votantes” para “engrosar” los padrones electorales.

Por su parte, la directora ante la JVE y encargada electoral por Vamos, Sofía Vaquerano, expresó que las medidas retrasarán el proceso de conformación y pureza de la base de datos del registro de salvadoreños en el exterior.

Yo creo que las reformas sí dan tiempo en esos 90 días para que el cambio de domicilio no altere los procesos de auditoría. No habría peligro”. Juan Contreras, consultor de asuntos electorales

“Sí dan tiempo”.

Sin embargo, el consultor de temas electorales Juan Contreras considera que las disposiciones “sí dan tiempo y no alteran el proceso de auditoría”. Descarta que “haya peligro”, pues depende de la empresa que la auditoría se realice a tiempo.

Contreras recordó que para la elección de 2019, se aprobó una prórroga para realizar cambios de domicilio a nivel nacional y no es la primera vez que se aprueba ese tipo de disposiciones.

Ve dificultad logística.

Por su parte, el director ejecutivo de Acción Ciudadana y miembro de la Iniciativa Votantes, Eduardo Escobar, aseveró que con las nuevas disposiciones el “TSE puede tener dificultades logísticas” por contar con menos tiempo para verificar los datos que compondrán el registro.

Escobar considera que el proceso contará con “inseguridad jurídica” pues el Tribunal debería tener “claridad con suficiente tiempo del número de votantes”.

Luego de la suspensión de cambios de domicilio, el TSE deberá establecer una fecha de cierre de padrón electoral para proceder a la corrección de errores de los registros y cierre definitivo. El organismo deberá determinar el plazo en que la firma contratada auditará los datos del registro en el exterior.

El TSE puede tener dificultades logísticas por menos tiempo para verificar y hacer ajustes... Dan inseguridad jurídica al proceso electoral”. Eduardo Escobar, director ejecutivo Acción Ciudadana

Fechas para contratar firma auditora y simulacros al sistema

El magistrado Noel Orellana señaló en diciembre las fechas para contratar la firma auditora y realizar simulacros al sistema.

Febrero 24 de 2023
Es la fecha límite para contratar a la firma auditora. El RNPN, la Dirección de Migración y Extranjería, y Cancillería alimentarán el registro.

Enero 19 de 2024
Termina el plazo de simulacros al sistema de votación electrónica que ejecutará el TSE, en las modalidades por internet y presencial.

Plazos posteriores a la suspensión de cambios de domicilio

El único plazo que se conoce que deberá incluir el Plagel de voto en el exterior, es la suspensión de cambios de domicilio.

1.- Suspensión cambios de domicilio
Unos 90 días antes de las elecciones se suspenderá la actualización de cambios.

2.- Suspensión de inscripciones al Rel
El TSE deberá establecer una fecha para suspender inscripciones al registro.

3.- Corrección de errores evidentes
Luego, el Tribunal entrará en un proceso de corrección de errores en el registro.

4.- Cierre definitivo del registro electoral
Por último, el TSE determinará una fecha para el cierre definitivo del registro.