La Asamblea Legislativa de El Salvador reformó ayer el artículo 295 del Código Penal para aumentar penas hasta a 15 años de prisión por fraude electoral e incluir en este delito a las personas que obstaculicen la inscripción de candidaturas que cumplan requisitos de ley.

Actualmente el delito de fraude electoral es castigado con penas de 4 a 6 años de prisión e incluye conductas como votar sin tener derecho o alterar el registro electoral.

La reforma crea el delito de “casos especiales de fraude electoral”: acceder o ayudar a ingresar al sistema informático electoral para alterar su información tendrá penas de 15 a 20 años de prisión.

También, se crea el delito de “atentados contra el derecho de sufragio”, es decir, ralentarizar un sistema informático electoral mediante solicitudes de ingreso masivas, que será castigado con penas entre 10 y 15 años de prisión.

Agravantes: hasta 30 años de cárcel.

El delito de “casos especiales de fraude electoral” tendrá penas entre 20 y 30 años de prisión si el implicado es miembro de maras o pandillas o de cualquier estructura del crimen organizado, según el nuevo artículo 295-B.

La reforma añade otros agravantes: si la persona involucrada es funcionaria, empleado o prestador de servicio, la sanción aumentará en una tercera parte de la pena máxima de 20 años, es decir, subirá en 6.6 años.

Además, si el involucrado comete el delito de “casos especiales de fraude electoral” mediante amenazas, engaños, dádivas, promesas o cualquier otro beneficio, la pena también aumentará en una tercera parte de la pena máxima, es decir, más de seis años adicionales.

Si no informa.

La reforma también considera a las personas que puedan advertir de los nuevos delitos relacionados al sistema informático electoral y omitan informar a las autoridades de manera inmediata caerán en el delito de “comisión por omisión de informar” y, por tanto, se les aplicarían las mismas penas. La iniciativa fue presentada por Nuevas Ideas el miércoles, horas antes de aprobarse.

La reforma penal electoral


1.- Fraude: 10 a 15 años de prisión
Actualmente las penas oscilan entre 4 y 6 años de prisión. La ley describe 9 diferentes circunstancias del delito.

2.- Nueva circunstancia
La reforma agrega entre las circunstancias de fraude electoral quien obstaculice la inscripción de candidaturas.

3.- Ralentizar plataforma de votación
De 10 a 15 años de prisión para quien ingrese al sistema informático para ralentizar el sistema.

4.- Acceso informático
De 15 a 20 años de prisión para quien acceda al servidor o sistema, para alterar, suplantar o sustraer datos.