La Asamblea Legislativa reformó la noche del miércoles la Ley especial de protección al patrimonio cultural de El Salvador que permite cancelar registros de bienes culturales si hay cambios sustanciales valorados por el Ministerio de Cultura.

La reforma también hace posible la intervención de un inmueble monumental cultural del Estado, si se busca ponerlo "en valor" o darle mantenimiento por el "alto tráfico de usuarios" y el "goce de la población salvadoreña".

Con la reforma, será la Dirección de Trámites de Construcción, ya no el Ministerio de Cultura, la institución que autorice planes de desarrollo o construcciones en bienes que "se relacionen con un bien cultural inmueble".

La Dirección de Trámites de Construcción (DTC) es una institución adscrita a la Presidencia de la República que fue creada por decreto ejecutivo el 6 de febrero de 2023. Es la oficina encargada de gestionar trámites de factibilidades, autorizaciones, permisos, recepción de obras y otros trámites relacionados a la construcción.

La DTC deberá autorizar la intervención de un bien cultural privado para la "puesta en valor" o por el alto tráfico de usuarios.

La ley actual considera "bienes culturales" los expresamente reconocidos por el Ministerio de Cultura, como bienes relacionados con la historia, antigüedades comprobadas, pinturas, monumentos, plazas, centros históricos, entre otros. Estos bienes culturales pueden ser propiedad pública o privada, pero deben estar inscritos en el Registro de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura.

La iniciativa de reforma fue presentada por los diputados Rubén Flores, Claudia Toledo, Lorena Fuentes, Adolfo Rivas y Sharon Salazar, de Nuevas Ideas. Fue aprobada con 57 votos. Los tres diputados de oposición votaron en contra.

¿Cuáles fueron cambios a la Ley de protección de patrimonio cultural en El Salvador?

  1. Autorización de obras relacionadas: La autorización previa para los planes de desarrollo urbano y rural, obras públicas y construcciones, deberá ser dada por la Dirección de Trámites de Construcción o autoridad designada por el Ejecutivo, y no por el Ministerio de Cultura.
  2. Desinscripción de bienes culturales: La inscripción de un bien cultural en el Registro de Bienes Culturales Muebles e Inmuebles podrá ser cancelado si las circunstancias han "cambiado sustancialmente". Este cambio deberá ser "calificado y justificado por el Ministerio" de Cultura en la resolución de cancelación. Podrá ser de oficio o a petición de parte.
  3. Intervención de bien inmueble. La reforma permite la intervención de un inmueble monumental declarado cultural "para su puesta en valor en consideración del alto tráfico de usuarios", "su mantenimiento y el uso y goce de la población salvadoreña" si el inmueble pertenece al Estado. Si es privado, requerirá autorización de la DTC.