“Ese momento de intercambio con el Comité debe ser entendido como una oportunidad para las autoridades para brindar esa información sobre esas acciones que reflejan incumplimiento como para reflexionar sobre posibles obstáculos”, también se puede recibir “guía y orientación”, indicó.
Explicó que los casos de tortura según la legislación internacional pueden ser ejecutados por funcionarios, personas que actúan por órdenes de funcionarios y otros reclusos.
Sánchez explicó que El Salvador ha suscrito la Convención contra la Tortura, pero no el Protocolo Facultativo contra la Tortura, que obliga a los Estados a permitir visitas regulares de organismos internacionales como el Subcomité de Prevención y los Mecanismos Nacionales a centros penales para constatar la situación de los privados de libertad.