Las normativas serán estudiadas por los diputados de la Comisión de Salud y Agricultura, que se reunirá el lunes 3 de febrero a las 2:00 de la tarde.
Un proyecto de “Ley de ensayos clínicos con productos regulados por la Superintendencia de Regulación Sanitaria” pide aprobar multas desde 50 salarios mínimos del sector comercio, equivalentes a $18,250, hasta 500 salarios o $200,750.
Proyecto de Ley de Ensayos Clínicos
1. Multas de 50 a 150 salarios mínimos a infracciones leves2. Multas de 200 a 350 salarios mínimos a infracciones graves
3. Multas de 400 a 550 salarios mínimos a infracciones muy graves
En esta normativa sería infracción leve el uso de productos no declarados a la Superintendencia en un ensayo clínico.
También, sería infracción grave usar productos en actividades distintas al ensayo clínico y no proporcionar información requerida por la Superintendencia.
Entre las muy graves, se incluyen alterar resultados del ensayo clínico, divulgar información confidencial de la investigación, comercializar o transferir muestras biológicas sin consentimiento del sujeto de investigación, y presentar información adulterada o falsificada en el proceso de autorización del ensayo clínico.
El ministro de Salud también pide la aprobación de una Ley de investigación para la salud que establece multas desde uno ($365) hasta 80 salarios mínimos ($29,200). Los obligados a cumplir esta ley son personas naturales o jurídicas, del sector público o privado, organizaciones sin fines de lucro y entidades nacionales e internacionales que hagan investigaciones para la salud, así como entidades estatales. Las instituciones académicas públicas o privadas deberán asignar un presupuesto para realizar investigaciones para la salud e incluirlas como “eje transversal” en estudios de grado.
Proyecto de Ley de Investigación para la Salud
1. Multas de 1 a 10 salarios mínimos para infracciones leves2. Multas de 11 a 25 salarios mínimos para infracciones graves
3. Multas de 26 a 80 salarios mínimos para infracciones muy graves
Un Comité de Etica cuyos miembros serán nombrados por el ministro de Salud podrá suspender o cancelar las investigaciones que “no se realizan de manera ética” y comités locales de ética también harán “monitoreo ético de los estudios” y comunicarán “cuando las investigaciones no se realizan de manera ética a fin de que se proceda a su suspensión o cancelación”.
Esta ley también crearía un Biobanco que albergaría datos y muestras para investigación de enfermedades y contribuir al desarrollo científico.
La propuesta de ley faculta al Ministerio de Salud a realizar “el cobro de los precios públicos por la prestación de los servicios a que se refiere esta ley”, sin embargo, eximen de pago de “las tarifas” a hospitales, clínicas, centros educativos en formación e instituciones financiadas con fondos públicos.