"Es importante aclararle a todo el pueblo salvadoreño, la ley trae consigo una figura, la del registrador", dijo, ante la pregunta de una diputada de la Comisión de la Niñez e Integración Social.
Los responsables locales del Registro del Estado Familiar serán las 44 municipalidades, pero estas establecerán "las oficinas de registro necesarias" para prestar los servicios. "El número de registradores será determinado por la autoridad municipal", detalle el artículo 9 propuesto.
Van a ser ellos quienes tengan dentro de ese recinto municipal la oficina del Estado Familiares y sus funcionarios, el jefe del Estado Familiar; y los registradores familiares van a ser elegidos por los concejos municipales”.
Fernando Velasco, presidente del RNPN.
Así, con la nueva ley, la figura del registrador del estado familiar podría seguirse manteniendo en los 262 distritos si así lo deciden los 44 concejos municipales.
Con la nueva ley, aún bajo estudio, el RNPN se convierte en un Registro Central, cuya función será administrar el Sistema del Registro del Estado Familiar y establece, tal como lo reguló la reforma al Código de Familia, un sistema registral en línea de carácter obligatorio que se concentra en el Sistema de Registros Vitales y Familiares (REVFA). “Actualmente no hay ninguna municipalidad que no esté operando” dicho sistema, dijo el funcionario.
La ley unificará la forma en cómo se brindarán los servicios de emisión de partidas de nacimiento, defunciones, matrimonios y otros actos que se registran, además de certificaciones extractadas, que tendrían únicamente un resumen de la partida. "Cada alcaldía le ponía su escudo o la forma que ellos disponían, ahora con el sistema REVFA todas las certificaciones tienen una misma forma”, explicó.