El Código Electoral salvadoreño establece que un año antes de cualquier elección se suspenden las reformas en dicha materia; no obstante una excepción: “Salvo aquellas que que sean estrictamente necesarias para ejecutar algún aspecto de la elección”.

A través de una reforma electoral, el 26 de mayo de 2016, la Asamblea Legislativa acordó crear el artículo 291-A, que dice: “Un año antes de celebrarse cualquier tipo de elección, no se admitirá ninguna modificación a las reglas que rigen el proceso electoral, salvo aquellas que sean de estrictamente necesarias para ejecutar algún aspecto de la elección”.

Desde la aprobación de la reforma que entró en vigencia el 30 de junio de 2016, el TSE ha efectuado tres elecciones: en 2018, 2019 y 2021.

A menos de un año de las elecciones del 4 de marzo de 2018, se realizaron dos reformas y se emitieron dos disposiciones transitorias. En el Diario Oficial del 11 de agosto de 2017 se publicaron reformas para establecer que los candidatos que resultasen electos y que después abandonen el partido deben mantenerse “independientes”.

La segunda fue publicada el 11 de agosto de 2017 y estableció que las personas que conformen los organismos temporales cuenten con permiso de goce de sueldo y determinó multas por negarse a conformar los organismos.

Ahora tenemos una Asamblea Legislativa que tengo la sospecha que va a seguir emitiendo decretos y que está alterando todo el registro electoral”. Julio Olivo, magistrado TSE


Para la elección del 3 de febrero de 2019, la entonces Asamblea emitió una reforma y una disposición transitoria; la modificación fue publicada el 18 de abril de 2018 y determinó los plazos de inscripción de los organismos temporales para los cuatro tipos de elecciones.

Para los comicios del 28 de febrero de 2021, se hicieron tres reformas electorales fuera de tiempo: una publicada el 17 de marzo de 2020, para permitir que en los concejos municipales pudieran marcar la fotografía del candidato; otra, el 7 de agosto de 2020, que estableció como requisito a los diputados que presenten una declaración jurada de su patrimonio extendida por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y otra publicada el 22 de septiembre de 2020 que estableció que por cada escaño legislativo ganado se asignaría un diputado propietario y un suplente.

Para estas elecciones, el magistrado del TSE Julio Olivo no descartó que la actual Asamblea Legislativa emita más disposiciones que obliguen a cambiar el calendario electoral, a menos de un año del evento electoral.

Elecciones: reformas y disposiciones transitorias fuera de tiempo

Desde la vigencia de la prohibición, el 30 de junio de 2016, se han emitido nueve reformas electorales a menos del año permitido respecto a las elecciones.

1.- Funcionarios independientes
Si un funcionario es elegido representando un partido y después renuncia, debe mantenerse como “independiente”.

2.- Organismos temporales
Los miembros de organismos tienen permiso y sueldo. Quienes se nieguen a conformarlos tienen multas de hasta $114.28

3.- Logos en automóviles
Por disposición transitoria se permitió que automóviles (particulares y de partidos) portaran logos de partidos políticos.

4.- Inscripción de candidaturas
Por medio de disposición transitoria se amplió el plazo para inscripción de candidatos legislativos y municipales.

5.- Plazos organismos
Plazos para inscripción de la Junta Electoral Departamental (JED), Junta Electoral Municipal (JEM) y Juntas Receptoras de Votos (JRV).

6.- Ampliación de cambios de residencia
Por disposición transitoria se amplió el plazo para cambios de residencia para las elecciones presidenciales de 2019.

7.- Marcar foto de alcaldes
Se reformó que para concejos municipales los electores puedan marcar la foto del alcalde y su nombre de preferencia.

8.- Declaración de patrimonio
Se agregó a los requisitos para diputados que se presente una declaración jurada de patrimonio de probidad en la CSJ.

9.- Asignación de escaños
Se agregó al articulado que por cada escaño legislativo ganado el partido tendrá derecho a un partidario y un suplente.