La reforma a la Ley de la Protección al Consumidor que finalmente fue aprobada este martes en la Asamblea Legislativa, luego de ratificar observaciones de Nayib Bukele, seguirá permitiendo la recolección de datos personales y crediticios de los consumidores pero únicamente “a través de las agencias de información de datos”.

La reforma indica que los proveedores pueden transmitir dicha información siempre y cuando sea a través de las agencias de información de datos.

La recopilación, tal como es la ley actual, seguirá teniendo la exigencia de contar con la autorización expresa de los consumidores. La reforma fue finalmente aprobada el martes luego de la aceptación de las observaciones del presidente Nayib Bukele pero había sido votada en el pleno desde el 7 de junio de 2023.

“Se está homologando algunas de las reformas que anteriormente hemos aprobado, como la Ley del Historial Crediticio. Ahora ya conocemos que ningún agente, ninguna institución financiera, puede compartir la información sensible y personal del récord crediticio de los salvadoreños. Estamos sujetando a los agentes económicos a que únicamente puedan recopilar e intercambiar exclusivamente con los burós de créditos”, fue la explicación de la diputada Dania González, de Nuevas Ideas.

Autorización expresa de los consumidores

El literal “g” del artículo 18 de la ley actual prohíbe compartir información personal o crediticia de los consumidores sin la autorización de estos. Es decir, la ley actual permite compartir esta información cuando hay autorización del consumidor, entre proveedores o “a través de entidades especializadas en la prestaciónd de servicios de información”.

La reforma ratificada el martes ratifica la prohibición que tienen los proveedores de poder recopilar o transferir datos personales y crediticios de consumidores o clientes “sin la autorización o consentimiento expreso de su titular”.

Sin embargo, la reforma le agrega una condición para esta recopilación, uso o transferencia de esta información: que sea recopilada “solo a través de las agencias de información de datos”.

Así mismo, autoriza a que esta información personal y crediticia de los usuarios, clientes o consumidores, pueda ser “suministrada a los proveedores”, siempre “con la debida autorización de los consumidores o clientes”.

Prohíben condicionar compras

La reforma también prohibió condicionar las compras o las contrataciones que quieran hacer los clientes de bienes y servicios a la pretendida autorización que buscan los proveedores de los consumidores o clientes para el uso de sus datos personales o crediticios.

El presidente Nayib Bukele, en sus observaciones, sugirió agregar: “En ningún caso, esta autorización podrá ser condición para la contratación o el otorgamiento de productos o servicios”. Esto quedó regulado en el literal “g” del artículo 18.

La Asamblea Legislativa aprobó las observaciones del presidente a la reforma que la anterior legislatura aprobó el 7 de junio de 2023. Las observaciones, recibidas por el pleno legislativo el 29 de abril, en la última sesión plenaria de la legislatura 2021-2024, fueron conocidas hasta la noche del lunes en la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea, que emitió dictamen y que fue aprobado por el pleno.