La Comisión de Economía de la Asamblea Legislativa aprobó este jueves una reforma al artículo 33-A de la Ley de Protección al Consumidor que pretendería extender el periodo permitido para reclamar garantías de productos ante los establecimientos comerciales, de 30 días al plazo que cubre la respectiva garantía de cada producto.
Antes de aprobar el dictamen, la comisión recibió a Ricardo Salazar, presidente de la Defensoría del Consumidor, quien dio su visto bueno a la reforma e hizo algunas sugerencias en la redacción que fueron incorporadas.
Actualmente, el artículo 33-A establece que los consumidores que quieren ejecutar la garantía deben comunicar el defecto de funcionamiento o la deficiencia del servicio al proveedor en un plazo de 30 días siguientes a la fecha de haberlo descubierto.
La modificación implica que los consumidores puedan reclamar la garantía “siempre y cuando esté dentro del plazo de vigencia y cobertura de la garantía” y que, cuando el consumidor extravíe la factura o ticket que ampare de la garantía, en ningún caso “podrá ser excluido del derecho de exigibilidad de la garantía vigente”.
Con la modificación, los proveedores o comercios tendrán la obligación de llevar un registro electrónico de las garantías otorgadas y extender copia cuando el cliente lo solicite.
El presidente de la Defensoría sugirió reformar el artículo 43 de la Ley para incorporar la sanción por la falta grave de “no llevar un registro electrónico y físico de certificados de garantías, facturas o documentos que amparen las garantías”.
La ley establece que las infracciones graves se pueden sancionar con multa hasta 200 salarios mínimos ($73,000).
Reduce dificultades a la Defensoría
Uno de los principales motivos por los cuales se limita el ejercicio a la ejecución de garantías, según el director de Protección al Consumidor, es que el consumidor "pierde los documentos o no se le entregan los documentos" de garantía.Agregó que la disposición vigente no permite verificar el momento en que “el consumidor descubre la falla”, por lo que estuvo de acuerdo en ampliar el plazo a la garantía que tenga el producto.
La reforma implica que los establecimientos que se nieguen a entregar copia de la factura o ticket de la garantía cuando lo requiera la Defensoría del Consumidor serán sancionados.
“Se nos faculta el poder requerir información a los proveedores en nombre del consumidor de estos documentos amparados a la garantía y se sanciona a los proveedores que no entreguen esta documentación”, expuso Salazar.
Ordenan cumplir garantías por $1.8 millones
Según la Defensoría, de junio de 2019 a octubre de 2022, se atendieron 18,506 consultas sobre garantías, de las cuales 11,445 tuvieron que ver con electrodomésticos y artículos del hogar, 3,125 sobre servicios de telecomunicaciones, y el resto sobre transporte y servicios básicos.De esas atenciones, 4,011 se registraron como denuncias por incumplimientos a la garantía establecida por la ley; 2,978 consumidores habrían sido favorecidos con resoluciones con la Defensoría y se habrían recuperado $1.8 millones en ejecución de garantías.
En productos que se resaltan de estas resoluciones con devolución sobresalen los vehículos, por un monto de $335,000; luego, refrigeradores, con $230,000; servicios inmobiliarios, $180,000, y pantallas o televisores, $139,000.