Los 15 sancionados fueron multados por la institución por transgredir las normativas de la Ley de Ética Gubernamental (LEY). La primera sanción fue impuesta el 25 de enero que ascendía a $304.17, informó el TEG a Diario El Mundo a través de una solicitud de información pública.
Las multas impuestas van desde los $304.17 hasta los $7,178.34, esta última impuesta a un empleado del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Mineducyt) por utilizar bienes de la institución para otras actividades y por excusarse de intervenir en procesos que le suponían un conflicto de interés.
Los sancionados fueron condenados por las siguientes infracciones éticas:
- Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados.
- Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales familiares tengan algún conflicto de interés.
- Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley.
- Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deben ejercerse en el mismo horario, excepto las que expresamente permita el ordenamiento jurídico.
- Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado, que menoscaben la imparcialidad o provoquen un conflicto de interés en el desempeño de su función pública.
- Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines institucionales.
- Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, parientes, excepto los casos permitidos por la ley.
Los sancionados proceden de las instituciones:
- Ministerio de Educación.
- Corte Suprema de Justicia (CSJ).
- Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
- Hospital Nacional de El Salvador.
- Centro Nacional de Registros.
- Consejo Superior de Salud Pública.
- Fondo Social para la Vivienda.
- Universidad de El Salvador.
- Alcaldía Municipal de Cojutepeque.
- Ministerio de Economía.
- Alcaldía de San Juan Opico.
Las personas multadas tienen 60 días para pagar las multas desde que son notificados de la resolución del TEG y pueden pedir pagar la multa por cuotas periódicas. En caso de no cancelar la multa, el TEG debe remitir el caso a la Fiscalía General de la República (FGR), de acuerdo con el artículo 46 de la LEG.
Para declarar culpable a un empleado público por transgredir alguna norma ética, el TEG realiza una investigación inicial, permite presentación de alegato al investigado y solicita información a instituciones del gobierno para determinar la culpabilidad del trabajador.