La Presidencia de la República creó por decreto ejecutivo una Secretaría de Auditoría para identificar indicios de corrupción de los funcionarios del Órgano Ejecutivo, quienes deberán entregarle toda la información que solicite; sin embargo, toda la información que encuentre “será declarada como reservada” aplicando la ley, que permite una reserva hasta por siete años.

El decreto ejecutivo firmado por el presidente de la República, Nayib Bukele, fue publicado el 23 de febrero y está vigente desde el jueves 3 de marzo pasado.

Bukele deberá nombrar al secretario o secretaria de Auditoría, así como también a un subsecretario de Auditoría, que apoyará al secretario de Auditoría en el desempeño de sus funciones.

Sería nulo porque la Constitución únicamente da facultades vinculantes para hacer este tipo de auditorías a la Corte de Cuentas”. René Portillo Cuadra, jefe de fracción de Arena

Corrupción.

Dicha secretaría buscará identificar indicios de corrupción, actos fraudulentos y arbitrarios cometidos por funcionarios públicos, de acuerdo a la reforma al Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo (RIOE) Diario Oficial tomo 34.

El secretario de Auditoría deberá diseñar y ejecutar mecanismos para el eficiente manejo de los fondos públicos, y también implementaría un sistema de denuncia ciudadana de indicios de actuaciones irregulares por parte de los servidores públicos.

También, deberá elaborar protocolos de actuación sobre evidencia, recomendará políticas para prevenir delitos de corrupción y hará un equipo de control interno de fondos públicos.
El presidente no ha dado a conocer las motivaciones de la creación de la Secretaría. En El Salvador fue cerrada la oficina de la Comisión Internacional contra la Impunidad en El Salvador (CICIES) que había abierto investigaciones contra el propio Ejecutivo. El cierre fue ordenado por el fiscal general Rodolfo Delgado, un mes después de su nombramiento el 1 de mayo.

Toda información de la Secretaría de Auditoría será declarada como reservada con base en el artículo 19 literales d, e, f, g y h de la LAIP”. Reforma a reglamento decreto ejecutivo del presidente

Bajo reserva.

“Toda información de la Secretaría de Auditoría será declarada como reservada con base en el artículo 19 literales d, e, f, g y h de la Ley de Acceso a la Información Pública”, reza el artículo 53 M nuevo del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo reformado.

Sin embargo, luego de que finalice la reserva que ordena el decreto, la información de las investigaciones “será del dominio público a excepción de las investigaciones en curso con periodos menores a cinco años”.

También será reservada la información sobre las contrataciones y todo su personal “solo podrá permanecer en ella” por cinco años.

La información sobre contratación y renuncia del personal también permanecerá bajo reserva por cinco años adicionales desde su salida.

El acuerdo señala que todas las instituciones del Estado están en la obligación de brindar información a la Secretaría. El diputado René Portillo Cuadra, jefe de fracción de Alianza Republicana Nacionalista (Arena), indicó que es inconstitucional.

El dato

Los obligados a entregar información a la Secretaría serían “todas las instituciones del Órgano Ejecutivo”. Las autónomas colaborarán si sus leyes lo permiten.
7
Días
De vigencia tiene el decreto que crea la Secretaría de Auditoría de Presidencia.
20
Atribuciones
Tendría el nuevo secretario de auditoría que sería nombrado por bukele.