La propuesta de reforma establece que la certificación presentada para las licencias con goce de sueldo por enfermedad debe ser extendida por el Ministerio de Salud o sus dependencias y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS). Actualmente, no lo dice; únicamente se exige certificación “extendida por un médico”.
¿Podrá un empleado pedir permiso para ir pasar consulta o seguir su tratamiento? Sí, solo que hoy deberá presentar y demostrar en su trabajo la evidencia de ello”.
Rolando Castro,
ministro de Trabajo en X.
Actualmente, el artículo 6 que se pretende reformar permite las licencias con goce de sueldo por enfermedad hasta un máximo de “cinco días por enfermedad sin necesidad de certificado médico ni de licencia formal” aunque advierte que si dichas faltas acumuladas exceden a 15 días “el excedente se deducirá del sueldo”.
La reforma mantiene que licencias formales con goce de sueldo por enfermedad pueden durar hasta 15 días por cada año de servicio y su derecho podrá ser acumulado pero en ningún caso podrá pasar de tres meses.
La reforma al decreto legislativo 17 “relativo a los asuetos, vacaciones y licencias de los empleados públIcos” fue solicitada por la viceministra de Trabajo el pasado 26 de junio y su estudio está en manos de la Asamblea Legislativa.