El Tribunal Supremo Electoral (TSE) prevé aumentar el número de Juntas Receptoras de Votos (JRV) en las dos jornadas electorales de 2024.

El magistrado del TSE Rubén Meléndez reveló a Diario El Mundo que proyectan instalar unas 8,821 JRV para las elecciones del 4 de febrero y 3 de marzo de 2024.

El magistrado Meléndez recordó que el dato es una proyección porque el TSE dará “el dato definitivo el 6 de octubre”, fecha en que el calendario electoral estipula que se cierra el plazo para recibir propuestas para JRV y que, además, es el cierre definitivo del registro electoral.

Meléndez explicó que la proyección prevé un incremento porque en las elecciones de 2021 tuvieron 8,451 y ahora están proyectando 8,821.

Con las proyecciones, se espera un aumento de 370 JRV en comparación con la elección legislativa de 2021.

Integración JRV.

De acuerdo al Código Electoral, cada JRV debe estar integrada por cinco miembros: un presidente, un secretario y tres vocales.

Los partidos políticos deben remitir al TSE su propuesta de ciudadanos para las JRV.
De no completar las JRV con las propuestas de los partidos, el TSE deberá realizar un sorteo “entre los ciudadanos inscritos en el padrón electoral del municipio”.

El sorteo se realizaría entre el 23 y 27 de octubre según el calendario electoral.

Para que un ciudadano pueda ser miembro de las JRV debe ser salvadoreño, mayor de 18 años, de reconocida honradez, saber leer y escribir correctamente, no estar inhabilitado en sus derechos políticos y no estar afiliado a ningún partido.

Las JRV están facultadas para recibir los paquetes electorales que serán usados en las elecciones, además, deben realizar el escrutinio final de los votos y velar por el cumplimiento de las leyes.

Según el Plan General de Elecciones (Plagel) para las elecciones nacionales se espera que se establezcan unos 1,595 centros de votación en el territorio nacional.

Las instituciones educativas, gubernamentales, autónomas y municipales deben poner a disposición sus instalaciones.

Requisitos, conformación y facultades de las JRV


1.- Requisitos
Se debe ser salvadoreño, mayor de edad, con reconocida honradez, saber leer y escribir, no estar inhabilidades y no estar afiliado a ningún partido.

2.- Miembros
Las Juntas Receptoras de Votos están conformadas por cinco miembros propietarios y sus suplentes. Cuatro de ellos con derecho propio.

3.- Facultades
Deben recibir con responsabilidad de las Juntas Electorales Municipales los paquetes electorales, realizar el escrutinio final y dar cumplimiento a la ley.