Pese a que se aprobó en 2018 y se han dado prórrogas, casi la mitad de las empresas consultadas en una encuesta de la Organización Salvadoreña de Mujeres por la Paz (Ormusa) dicen no conocer los detalles de la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para los Hijos de los Trabajadores.
Carmen Urquilla, coordinadora del programa de Justicia Laboral y Económica de Ormusa, explicó que casi la tercera parte de los encuestados no se atreven, por ejemplo, a dar una estimación del costo de su implementación.
La Ley debe entrar en vigor en enero de 2022 y su operación es en cumplimiento al Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), suscrito por El Salvador.
Deuda histórica.
Una sentencia de la Sala de lo Constitucional (2017) fijó inicialmente al 31 de mayo de 2018 como fecha máxima para que la Asamblea Legislativa aprobara la Ley y, al límite de ese período, los diputados avalaron la normativa y se estableció que se activaría en 2020.
La normativa se basa en el artículo 42, inciso 2, de la Constitución de la República, que establece la obligación de los patronos de instalar y mantener salas cunas, así como lugares de custodia para los hijos de sus empleados. Según el estudio de Ormusa, en el lado patronal el desconocimiento de la ley incluye temas como fecha de la entrada en vigor, presupuestos adjudicados e incentivos fiscales.
El desconocimiento no solo es para los empleadores, sino entre los trabajadores (incluídos los organizados en sindicatos). Más del 74 % de los empleados encuestados dijo que no la conoce, lo que evidencia la poca divulgación de un marco legal que aún carece de reglamento, el cual debe ser elaborado por el Ejecutivo.
“Si no conocen la ley será muy difícil que la demanden. El tema de las salas cuna no se reconoce como un derecho, pese a que es un derecho regulado desde la Constitución de la República”, dijo Urquilla.
La investigadora dijo que incluso se trata de una deuda de la Constitución de 1950 y que las trabajadoras no se han apropiado de este derecho, mientras que los empleadores tampoco han hecho mucho por proporcionar este servicio.
El estudio de Ormusa también establece que el 52 % de los trabajadores consultados dicen que es oportuno abrir salas de cuidado para infantes en sus trabajos, mientras que un
21.1 % cree que es mejor que los patronos les asignen un bono para remunerar a quien cuide a sus hijos e hijas.
Urquilla destacó que hay empresas que ya tienen este beneficio y que es una decisión altamente valorada por los colaboradores.
“En el caso de las empresas que conocemos que tienen (salas cuna) es un servicio altamente valorado porque ayuda a que estén mas tranquilos en su lugar de trabajo y no dependan del cuido de la tía, la vecina o que no alcanza a llegar para sacarlos (de una guardería), sino que está en un lugar donde se le da educación inicial y se les dota de otro tipo de aptitudes para que estén listos cuando entren al sistema educativo”, valoró.
El consultor Adolfo Vidal también agregó que la ley actual se puede mejorar, pero que no hay claridad sobre la responsabilidad y de la celeridad con la que se harán los reglamentos, pese a que se hicieron consultas en varias dependencias estatales.
Urquilla reconoció que uno de los argumentos para retrasar la ley fue la pandemia por las medidas de distanciamiento social. Sin embargo, cree que es momento para agilizar los trámites y trabajar en una serie de vacíos que tiene la legislación.
Un tema que preocupa es que la ley da apoyos solo en la primera infancia (de 0 a 3 años), pero que podría ampliarse hasta los 10 años y cubrir más años en los que se complica dar seguimiento escolar.
3 datos que debes de conocer
- Involucrados
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social es el ente responsable de la ley, pero abarca al CONNA el ISNA y el Ministerio de Educación.
- Acciones
El estudio de Ormusa recomienda ejecutar campañas para sensibilizar sobre el impacto de la “feminización” del cuido de la familia.
- Legislación
La entidad sugiere a la Asamblea homologar la Ley con el Convenio 156 de la OIT y el artículo 42 de la Constitución de la República.