El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) publicó el protocolo integral de prevención de riesgos biológicos en los lugares de trabajos, que las empresas y trabajadores tendrán que cumplir a partir del 16 de junio que inicie la reapertura económica.
Mañana se reactivan las industrias de elaboración de alimentos y bebidas, producción de artículos de limpieza e higiene, sector de textil y confección, construcción, además de metalmecánica, repuestos y manufactura de autopartes, rubro de energía, servicio de reparación y mantenimiento. También la industria aeronáutica, transporte privado, imprenta, contabilidad, entre otros.
Todos estos lugares de trabajo deberán cumplir un protocolo general, que se ampara en la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, y en la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo (LGPRLT) que establecen los principios para velar por la salud de los trabajadores mientras ejecutan sus actividades.
La normativa establece que es responsabilidad del empleador que los lugares de trabajo tengan desinfectante para manos, productos sanitarios y lugares de fácil acceso para lavarse las manos. También debe promoverse limpiar al menos dos veces al día las superficies de escritorios y puestos de trabajo, puertas, teléfonos, teclados y zonas comunes como baños y comedores.
Distancia física
- Organizar el lugar de trabajo con un distanciamiento físico entre las personas de dos metros.
- En los lugares de trabajo cuya infraestructura no permita el distanciamiento de dos metros, se deberá instalar barreras de protección como mamparas sanitarias.
- Reducir las actividades presenciales. Se insta a recurrir a llamadas telefónicas, correos o celebrar reuniones virtuales.
- Introducir turnos de trabajo o teletrabajo para evitar concentraciones de trabajadores.
Lugares de trabajo
- Actualizar la información del perfil de cada uno de los trabajadores en los expedientes de la unidad encargada.
- Promover y supervisar el lavado de manos frecuente y exhaustivo durante 20 minutos. Debe proveerse un lugar para lavarse las manos para los trabajadores, clientes y visitantes, o en su lugar solución alcohólica que contenga al menos 60 % de alcohol.
- Promover el uso de mascarilla permanente durante la estancia en los lugares de trabajo y siempre que se encuentre fuera del hogar. El empleador está obligado a proveer una mascarilla desechable diaria o una mascarilla reutilizable mientras esté realizando las actividades; las mascarillas de telas deben lavarse hasta un máximo de 15 veces.
Ingreso de los trabajadores
- Tomar la temperatura de todo el personal, al menos dos veces al día, con un registro del ingreso. Esto debe ser efectuado por el personal que tenga conocimientos médicos, de enfermería o primeros auxilios. Se recomienda el uso de termómetro digital.
- Colocar dispensadores de alcohol gel en la entrada de acceso del personal, baños y estaciones de trabajo.
- Para prevenir concentraciones al ingreso de trabajadores, de ser necesario, hacer filas con un distanciamiento de dos metros.
- Suspender el uso de marcadores biométricos por huella digital como mecanismo de control de horarios. Se recomienda otro método que no implique contacto de personas ni uso de lapiceros.
Ingreso de usuarios externos
- Tomar la temperatura de todos los visitantes cuando ingresen a las instalaciones.
- Si se trata de un lugar que atienden público, que el ingreso se realice respetando el distanciamiento de dos metros.
- Verificar que los usuarios y personal externo utilicen mascarilla y se aplique alcohol gel en las manos al ingresar las instalaciones.
Salida del centro de trabajo:
- Se sugiere horarios escalonados o hacer filas respetando dos metros de distanciamiento social para evitar aglomeraciones.
- Suspender el uso de marcadores biométricos o firmas que generen contacto con personas y objetos.
Casos sospechosos de Covid-19
- Proporcionar una mascarilla quirúrgica si no lleva puesta o cambiarla si la que tiene se encuentra humedecida. Aislar a la persona en una zona ventilada y que se evite el contacto con otras personas. Identifique si tuvo contacto antes.
- Si el lugar de trabajo cuenta con una clínica empresarial o profesional de salud que el personal médico realice un diagnóstico.
- Si la empresa no cuenta con una clínica empresarial, debe asignar y capacitar al personal del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional para manejar una persona con síntomas de enfermedad respiratoria.
- Reportar la persona con síntomas al teléfono 132 del Ministerio de Salud.
- El equipo del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional deben desinfectar las superficies y el ambiente laboral donde estuvo la persona con sintomatología.
- Contar con un establecimiento adecuado para el aislamiento que permita alojar al menos tres personas, ubicarlo de preferencia fuera de los edificios de mayor concurrencia de personas, con ventilación circular cruzada de aire y con comunicación.