El abogado de la salvadoreña Teodora Vásquez, a quien un tribunal confirmó una pena de 30 años de prisión tras sufrir un parto intempestivo, aseguró este viernes que los jueces actuaron con "ligereza", al no tener en cuenta los "errores" de la autopsia.
"Lo que más me molesta es la ligereza de los jueces del Tribunal Segundo de Sentencia, no tomar en cuenta los errores (en la autopsia) a pesar de habérselos demostrado. ¿Obcecación?. Increíble", señaló en su cuenta de Twitter el abogado Víctor Hugo Mata.
El caso de Vásquez se remonta al 14 de julio de 2007, cuando a los nueve meses de embarazo tuvo una emergencia obstétrica mientras trabajaba en un colegio de San Salvador, llamó al servicio de emergencias y, al no obtener respuesta, sufrió una hemorragia severa y el bebé nació muerto.
La defensa de Vásquez presentó el pasado miércoles, en la audiencia de revisión de la condena, los informes de dos peritajes efectuados por dos médicos sobre la autopsia que el Instituto de Medicina Legal (IML) hizo al cuerpo del bebé en julio de 2007.
En aquel informe, el médico forense, Alfredo Adolfo Romero, señalaba que, según sus pruebas, el bebe "nació vivó" y murió "por asfixia por sumersión".
Sin embargo, ambas afirmaciones de 2007 fueron desestimadas por los dos médicos que analizaron dicho informe.
"No es posible indicar que la recién nacida haya nacido viva", indicó el médico forense guatemalteco José Mario Nájera, uno de los médicos que analizaron la autopsia y que dejaron en claro que la mujer sufrió un "parto intempestivo".
"¿Es difícil entender que una mujer sufra de un parto intempestivo con desprendimiento en bloque de placenta, cordón umbilical y producto (el bebé)? Eso mismo le sucedió a Teodora esperando al (sistema de emergencia de la Policía) 911, pero el Tribunal Segundo de Sentencia se mantuvo en su error", sostuvo Mata.
Aquel julio de 2017, al localizar a la bebé muerta un empleado del colegio avisó a la policía que patrullaba la zona y la mujer, aún en estado inconsciente, fue detenida.
El artículo 133 del Código penal salvadoreño establece una pena de 2 a 8 años por aborto.
Sin embargo, fiscales y jueces tipifican los casos de aborto o incluso la pérdida del bebé como "homicidio agravado", un delito penado con 30 a 50 años de prisión.