El exdiputado Wilver Rivera fue condenado a 15 años de prisión. / Archivo DEM


La Procuraduría General de la República ha solicitado a la Sala de lo Penal, de la Corte Suprema de Justicia, que separe a los magistrados de la Cámara Mixta de Vigilancia y Tránsito para que no conozcan la apelación que Fiscalía hizo en torno a la resolución del Juzgado Segundo de Vigilancia Penitenciaria, que le otorga la libertad condicional anticipada al exdiputado Wilver Rivera Monge, condenado a 15 años por lavado de dinero y activos.

El exdiputado Rivera Monge fue hallado culpable del delito de lavado de dinero y activo por el Juzgado Especializado de Sentencia “A” y le impuso la pena de 15 años de cárcel en junio de 2016.

De acuerdo con el abogado procurador, ya hubo adelanto de criterio de los magistrados en cuanto al caso del exdiputado y según el numeral diez del mismo artículo 66 del código penal: “Si ha dado consejos manifestado extrajudicialmente su opinión sobre el procedimiento, los magistrados deben ser separados del proceso".

El Juzgado Segundo de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena otorgó el beneficio de la libertad condicional anticipada a Rivera Mongue. La jueza fundamentó su resolución en una propuesta por parte del Consejo Criminológico de la granja del penal de Santa Ana, al resolver a favor del condenado.

Además la Ley de Vigilancia Penitenciaria y el Código Penal, establecen que por cada día en detención sin ser condenado un imputado descuenta dos de su pena, resolución que tuvo lugar en una audiencia de redención de penal, como beneficio por ser considerado un reo modelo que cumple con todas las normativas y reglas de conducta interna.

Según el cómputo, más los beneficios penitenciarios, Rivera Monge ya cumplió ocho de 15 años.

Sin embargo Rivera Monge sigue preso, ya que la Fiscalía apeló la resolución que lo favorecía y el proceso se encuentra actualmente en la Cámara Mixta de Vigilancia Penitenciaria y Tránsito.

En este caso del exlegislador, la Procuraduría fue de la opinión, que si hubo adelanto de criterio de los magistrados y según el numeral diez del mismo artículo 66 del código penal: “Si ha dado consejos manifestado extrajudicialmente su opinión sobre el procedimiento, los magistrados deben ser separados del proceso.

Será la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia que deberá resolver, si ordena cambiar a los magistrados para que resuelvan la apelación de la libertad condicional anticipada del exdiputado Rivera Monge.