El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) pide al Ministerio de Salud entregar los resultados y diagnósticos a todos los pacientes recluidos en centros de contención y hospitales.


Ante las denuncias hechas por pacientes sin acceso a los resultados de sus exámenes de COVID-19, el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) instó a las autoridades de Salud a entregar los diagnósticos, pronósticos y resultados de pruebas de laboratorio a todos los pacientes, y divulgó el proceso a seguir para quienes no reciban respuesta.

Según el portal oficial https://covid19.gob.sv/ del Gobierno de El Salvador, a la fecha se han realizado un total de 7,785 pruebas de COVID-19, resultando 159 casos positivos. Las pruebas se han priorizado a personas que provienen del extranjero y guardan cuarentena en centros de contención, a nexos epidemiológicos, y más recientemente a casos sospechosos de contagio comunitario y personal de salud que ha tenido contacto con pacientes infectados.

Sin embargo, no todos los pacientes tienen los resultados de las pruebas realizadas. En el albergue del Hotel La Palma, en Chalatengango, se han cumplido 31 días de cuarentena y aún no hay acceso a los expedientes médicos, según constató Diario El Mundo a través de una denuncia ciudadana.

Este no es el primer caso, confirmó Johanna Dueñas, jefa de la Unidad de Protección de Datos Personales del IAIP: aunque no han recibido aún denuncias directas "por desconocimiento del proceso", han documentado varios casos por denuncias en redes sociales y medios de comunicación.

Hasta ahora, el único ente autorizado para realizar exámenes que permitan detectar el coronavirus es el Ministerio de Salud, que debe recibir y dar trámite a todas las solicitudes de información, incluyendo expedientes clínicos personales, "garantizando que no se divulgarán más que por fines de investigación científica, de forma anonimizada".

Respaldándose en la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), disposiciones normativas del IAIP, y la misma Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes, dijo Dueñas, "las instituciones obligadas deben proporcionar información de las personas que se encuentren en hospitales, albergues o lugares similares a quien el afectado designe".

Esto incluye su ubicación, estado de salud, condición física y tiempo de aislamiento, que deberá ser proporcionada "sin dilación a quien el afectado designe para tal efecto, a familiares o quien muestre interés legítimo comprobable".

¿Cuál es el proceso?

El comisionado del IAIP, Andrés Gregory, aseguró que "ningún decreto legislativo o ejecutivo emitido por los órganos competentes del Estado, debe utilizarse como herramienta jurídica de hecho para desconocer o transgredir el derecho humano de las personas que guardan cuarentena en los centros de contención y hospitales".

Por ello, agregó, el Ministerio de Salud "debe proporcionar la información de resultados médicos y si se han practicado pruebas de laboratorio" para detectar la enfermedad.

Todas las personas a las que se les han practicado exámenes o pruebas, añade, pueden solicitar expediente clínico al oficial de información del Minsal al correo oir@salud.gob.sv. El oficial de información deberá brindar información y respuesta en un plazo de 10 días.

Si la persona no recibe respuesta o no está conforme con los documentos remitidos, puede presentar un recurso de apelación ante el IAIP llenando uno de los formularios establecidos en www.iaip.gov.sv, o remitirlos al correo uaip@iaip.gob.sv