El procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, José Apolonio Tobar, presentó el primer informe sobre personas retenidas, que ordenó la Sala de lo Constitucional como seguimiento del hábeas corpus 148-2020.
En el informe, el procurador dice que la institución detectó 172 detenciones ilegales entre el 21 de marzo hasta el 22 de abril, durante la cuarentena domiciliar obligatoria.
“Conocimos de 778 casos denunciados hasta el 22 de abril, de los cuales 172 se refieren a detenciones ilegales. Y el otro informe que es el de la PNC, hemos recopilado con detenciones de personas, en esos se encuentra 735 hombres y 59 mujeres”, dijo el titular de la Procuraduría al presentar el informe.
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Tobar explicó que han dejado constancia de las exposiciones a medios de comunicación, al sol, sin agua ni alimentos, además de las amenazas y las detenciones por desobediencia a particulares y resistencia.
El procurador señaló que presentará un informe cada viernes ante la Sala de lo Constitucional.
En la resolución del hábeas corpus 148-2020, como medida cautelar, ordenó que no debe haber privados de libertad por violar la cuarentena familiar, irrespetando los derechos constitucionales, e instó a la Asamblea y al Ministerio de Salud a crear una ley formal, que regule las detenciones que incumplan la cuarentena domiciliar.
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En la primera resolución del caso 148-2020, la Sala advierte que trasladar a una persona a un centro de contención por desacatar la cuarentena “sin que se establezca de modo objetivo que la persona pueda ser fuente de contagio sería una privación de libertad”.
También, ordenó que las personas privadas de libertad en dependencias policiales o administrativas distintas a un sitio acondicionado de cuarentena sanitaria fueran conducidas a sus viviendas o lugares de residencia para cuarentena domiciliar.
Ayer, el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Defensa y la Policía Nacional Civil debían presentar un registro de personas retenidas a la Sala de lo Constitucional.
Ese registro debía contener el nombre o datos de identificación de las personas, las condiciones en que fueron privadas de libertad, incluyendo la fecha, hora, lugar y motivos aducidos por la autoridad y la identificación de quienes realizaron cada una de las privaciones.