Luego de la acusación fiscal, el Juzgado Quinto de Paz notificará al director de la PNC, sobre la acusación que pesa contra él para que se pronuncie en cuanto al nombramiento de sus defensores, diligencia que está prevista para el próximo jueves, donde además se programará la fecha de realización de la audiencia inicial.
El delito de incumplimiento de deberes es sancionado con pena de prisión de cuatro a seis años, de ser hallado culpable, e inhabilitación de su cargo por el mismo periodo de la pena a purgar; en tanto en el comienzo del proceso judicial, la Fiscalía ha pedido instrucción con medidas sustitutivas a la detención.
El fiscal explicó que esta acusación no tiene nada que ver con el proceso legislativo de antejuicio para el levantamiento de su inmunidad como viceministro de Seguridad; este procedimiento iba a la Comisión Especial para que el titular de Hacienda explicara sobre la recepción de títulos valores y otros activos en relación con una investigación por los fondos asignados en la pandemia.
“En su calidad de director de la Policía Nacional Civil por el delito de incumplimiento de deberes …que se dio de hacer comparecer al ministro de Hacienda”. Fiscal del caso
“La misión de la Fiscalía es cumplir con la Constitución y como el señor director de la Policía, no tiene fuero se ha presentado el requerimiento tal y como lo exige la Constitución y las leyes secundarias”, destacó el fiscal.
Los hechos que se le incriminan al director de la Policía se originan el 30 de septiembre cuando la Comisión Especial que investiga el endeudamiento del Ministerio de Haciendade la Asamblea Legislativa citó por cuarta ocasión al ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, para que explicara el uso de dichos dineros.
Al no hacerse presente, se le ordenó al director de la Policía que llevara al funcionario por apremio, mandato que incumplió.
Arriaza Chicas mandó un oficio a la Comisión Especial aduciendo que el ministro Zelaya tenía otras actividades, por lo que era imposible que asistiera al quinto llamado de la Asamblea.
El artículo 132 de la Constitución de la República obliga a todos los funcionarios y empleados públicos a colaborar con las Comisiones conformadas por la Asamblea y rendir declaraciones en el seno de las mismas.
El dato
El requerimiento fiscal está basado en el artículo 321 del Código Penal que establece el incumplimiento de deberes de funcionarios, autoridad o empleado público.
Cronología de un delito
La Comisión Especial de la Asamblea Legislativa llamó cuatro veces al ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, y en una quinta ocasión pidió al director de la PNC que lo llevara por apremio, así ocurrieron los hechos:
- Septiembre 30 de 2020
La comisión especial envía una nota al director de la PNC y le solicita hacer comparecer al ministro de Hacienda el 2 de octubre.
- Septiembre 30 de 2020
El director de la PNC envía una nota al ministro de Hacienda expresándole que la comisión lo solicita “conducido por personal policial”.
- Octubre 2 de 2020
Arriaza Chicas envía una nota a la comisión expresando que el uso de la fuerza pública se rige bajo el principio de “último argumento”.
- Octubre 5 de 2020
La comisión envía certificación al fiscal general de la República y solicita iniciar una investigación por incumplimiento del director PNC.
- Noviembre 24 de 2020
La comisión especial de antejuicio se instaló luego que seis defensores se presentaran para defenderlo, uno era el asesor del exfiscal Martínez.
- Diciembre 8 de 2020
Termina el antejuicio de Arriaza Chicas al revelarse que había renunciado a su cargo de viceministro de seguridad.