El exministro Ramírez Landaverde estuvo en el cargo durante la administración de Salvador Sánchez Cerén.


El exministro de Justicia y Seguridad Pública, Mauricio Ramírez, solicitaron a la Cámara Tercera de lo Penal que revoque la orden de captura en su contra por el supuesto desvío de fondos de las tiendas institucionales de Centros Penales.

La impugnación que ha presentado Ramírez Landaverde, a través de su abogado Pedro Cruz, está sustentada en el agravio que causa la decisión de restricción de la libertad ambulatoria.

¿Peligro de fuga?


“La resolución (de la Cámara Tercera de lo Penal) violenta mi derecho constitucional a la libertad ambulatoria, reconocido en el artículo 5 de la Constitución de la República, al ordenarse mi captura, cuando los elementos de cargo que obran en el presente proceso no acreditan ambos presupuestos: peligro de fuga u obstaculización en la investigación judicial”, argumenta Ramírez Landaverde en el escrito.

En ese sentido, detalló que la resolución que se pretende se revoque, no es una resolución debidamente fundamentada de conformidad al artículo 144 del Código Procesal Penal y la imposición de la detención provisional en su contra es desproporcional y no se le ha dado aplicación al carácter excepcional que rige dicha medida cautelar.

“En un Estado constitucional de Derecho, respetuoso de los derechos fundamentales y de la división de poderes, es incompatible se decrete la detención provisional en su contra, cuando no haya peligro de fuga ni obstaculización de la justicia”, reza un fragmento del escrito.

A juicio de Ramírez Landaverde, la Cámara Tercera de lo Penal no se esforzó en hacer un análisis íntegramente de toda la resolución de la jueza Sexto de Paz y consumaron lo que la doctrina moderna denomina “guerra judicial para efectuar ataques políticos”.

Cuestionó que la decisión del tribunal superior “se sostiene infundadamente que el examen de gravedad pudiese trascender, pero utilizando aspecto sumamente generalizados, abstractos y de mera especulación, sin remitirse al caso en concreto, es decir solo porque considera que la presente investigación tendría ese mal llamado examen de gravedad”.

La orden


El pasado lunes 29 de noviembre, la Cámara Tercera de lo Penal ordenó recapturar a 19 de 21 acusados en este proceso judicial, por el supuesto desvío de $14 millones de las tiendas institucionales de Centros Penales.

En su resolución, la Cámara afirma que el caso es sobre delitos graves, “situación que no genera certeza sobre el sometimiento de los referidos imputados a futuras convocatorias, dada la situación imputable”, dice el fallo.

Pero, según el exministro, los magistrados de la Cámara citan mal la sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional 37-2007-acumulada, porque no es lo que dice esta Cámara lo que cotidianamente se interpreta de dicho precedente: “Además, el peligro de fuga no concurre únicamente en razón de la gravedad y penalidad del delito atribuido”, afirma el escrito.

Sobre la existía de una red de corrupción en la Dirección General de Centros Penales, con la constitución ASOCAMBIO, asegura que ese fundamento resulta incoherente, incompatible y erróneo en este estadio procesal, lo que debería conocer -por su obviedad— cualquier Tribunal de Segunda Instancia.