El fiscal general de la República, Douglas Meléndez, ha expuesto a la Sala de lo Cons­titucional, que la resolución emitida por la Sala de lo Civil, donde exoneró al diputado Reynaldo López Cardoza y a su esposa del delito de enrique­cimiento ilícito, ha inaplicado la ley que regula dicha falta.

A la luz del fiscal general, los magistrados suplentes de la Sala de lo Civil sentaron un precedente que “ignora e inaplica las disposiciones precitadas en la Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos (Leifep) so protexto de realizar una interpretación conforme a la Constitución”.

Meléndez explica a la Sala, que los magistrados suplentes, Carlos Sánchez, David Omar Molina y Juan Manuel Bolaños valoraron que López Cardoza no manejó ni administró fondos públicos y por ello dijeron que no existió el enriquecimiento ilícito.

Los argumentos expuestos por el fiscal general fueron enviados a los magistrados de la Sala a través de un recurso de amparo que busca revertir la decisión de los magistrados.

Para el fiscal, los tres magistrados obviaron que la ley contra el enriquecimiento ilícito aplica la norma, no solo a aquellos que manejan o administren fondos públicos, sino a los electos por voto popular; así, el inciso tres del artículo cinco de dicha norma, toma como sujetos de aplicación a los diputados de la Asamblea Legislativa y del Parlamento Centroamericano (Parlacen).

El fiscal dice que la resolución produce “graves y lesivos” efectos para la seguridad jurídica y los intereses del Estado, porque todos los procesos de enriquecimiento ilícito contra funcionarios que, en el ejercicio no administren o manejen fondos, según la Sala, no cometerían enriquecimiento ilícito.

El titular del Ministerio Público pidió a la Sala de lo Constitucional que suspenda la ejecución de la sentencia emitida por la Sala de lo Civil el 23 de abril del 2018, donde favoreció a la pareja López Cardoza como una medida cautelar.

La Sala de lo Civil tiene pendiente resolver apelaciones de casos de enriquecimiento ilícito contra el exsecretario privado de la presidencia, Élmer Charlaix y el expresidente de la República, Mauricio Funes Cartagena.

 

Aplicación de la LEIFEP

 



Todos

El artículo 1 de la ley contra el enriquecimiento ilícito señala que la norma se aplica a los funcionarios y empleados públicos que desempeñen cargos fuera o dentro del país. Incluye diputados de Asamblea y Parlacen.



Administradores

El inciso dos del artículo de la misma ley dice que estarán sujetos aquellos que administren o manejen fondos o bienes del Estado.

 

Precedente

Según el fiscal general, la resolución de la Sala de lo Civil sienta precedente para otros casos de funcionarios que no manejen fondos públicos.