Así lucía el bulevar Diego de Holguín, hoy Monseñor Romero, en 2008. / Archivo DEM


Los fiscales que investigaron el caso conocido como Diego de Holguín consideran que una de las pruebas principales que el Tribunal Quinto de Sentencia valoró para la condena del exministro de Obras Públicas, Jorge Isidoro Nieto, fueron las modificaciones que hizo en el contrato llave en mano.

El artículo 105 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (Lacap) establece que no se pueden hacer cambios en los contratos llave en mano.

“Se prohíbe en esta clase de contratos la introducción de órdenes de cambio. Y ajuste de precios; así como el plazo de ejecución no será sujeto a modificaciones, salvo en los casos de fuerza mayor”, dice la normativa.

Según los fiscales del caso, la primera modificación que hizo el exministro Nieto fue otorgar un plazo de siete meses extra para la construcción del bulevar a la constructora Copreca-Linares, un día antes que el plazo del contrato terminara.

“Se le da esta prórroga y no obstante el contratista se mantiene en la misma situación, el contratista era Copreca-Linares, se mantiene en retraso, prácticamente los frentes de obras se mantienen inmovilizados; no había mayor construcción en las partes importantes, tanto así que pasaba el tiempo y lo que se veía eran pequeñas obras de mantenimiento que se estaban realizando”, explica uno de los fiscales.

Al terminar la prórroga, según la Fiscalía, Nieto modificó nuevamente el contrato dando una “suspensión administrativa”, que en realidad era un abandono de obra.

Dicha suspensión fue aprovechada por Copreca para demandar al Estado salvadoreño en un tribunal internacional e iniciar litigios que terminaron en la condena a favor de la constructora.

La Fiscalía General de la República asegura que hubo informes de ingenieros del Ministerio de Obras Públicas que recomendaron caducar el contrato con Copreca- Linares, pero Nieto no lo hizo.

Por el contrario, la fiscalía asegura que Nieto modificó nuevamente el contrato, dejando fuera de las cláusulas el arbitraje. “El arbitraje propiamente quedaba excluido dentro de las cláusulas de los contratos, en vista que el Estado de El Salvador había tenido diferentes pérdidas en los arbitrajes”, explica otro fiscal. Otra de las causas del contrato era que el asocio entre las empresas estaba por romperse.