El Estado ha recuperado $27.869.652.94 en concepto de evasión de impuestos, contrabando de mercadería y retención o apropiación de cuotas laborales por gestiones de la Fiscalía General de la República entre 2019 y 2020.
La cifra corresponde a $11.019,849.41 en 2019 y $16.849,803.53 durante 2020, afirmó el director de Defensa de Intereses del Estado, David Acosta.
El funcionario explicó que los montos recaudados a favor del fisco reflejan un incremento comparado con 2018 en que el Ministerio Público recuperó $9.996,871.
El monto a favor en los dos últimos años fue pagado por 6,161 empresas que no habían cumplido con sus obligaciones tributarias entre 2016 y 2019, y que luego de la intervención de las diferentes unidades de la Fiscalía, acordaron honrar sus deudas con el estado.
“Los casos corresponden a evasiones que vienen desde años atrás como 2015, 2016, 2017. Y esto ocurre cuando Hacienda audita los registros contables de estas empresas y las descubre; (como en el caso de evasores de 2016 a 2019) y remite a Fiscalía, los casos pendiente de pago, el Ministerio Público agotó el proceso y se resolvieron en 2020”, sostuvo.
El jefe fiscal manifestó que el incremento en la recuperación de los impuestos no pagados es el resultado de un cambio de estrategia del fiscal general, Raúl Melara, al presentar “casos penales más bien fortalecidos” por evasión de impuestos, contrabando, apropiación de retenciones tributarias o cuando los empresarios retienen esos dineros y no los entregan al fisco. Todos estos son delitos de la hacienda pública”.
Según el fiscal, los empresarios demandados no tienen otra opción que pagar el impuesto evadido o que se haya apropiado para tener el derecho de gozar de una excusa absolutoria o de acceder a un procedimiento abreviado en sede judicial.
“Son casos en que hay declaratoria de responsabilidad y que debió haber satisfecho el pago de ese impuesto”, detalló Acosta.
Los montos de las evasiones que se han recuperados van desde los $3,000 hasta $150,000 y $200,000, sumas que incrementan el volumen de la recaudación del fisco. Por lo general, son empresas que desarrollan diversas actividades económicas como industria, comercio, transporte, entre otras.
De los 2,589 casos en que hubo recuperación en el 2020, los fondos cobrados provenían de grande, mediano y pequeños empresarios.
“Algunos de estos omitieron hacer sus declaraciones de IVA, otras omitieron algún dato en sus declaraciones o declararon falsamente al momento de presentar su declaración de la renta o Impuesto al Valor Agregado (IVA)”, recalcó Acosta.
En 300 casos evasores pagaron sus tributos en sede judicial.
El año pasado, 300 casos fueron judicializados y de estos, 199 pagaron sus impuestos tras agotar el procedimiento legal; “varios de esos procesos venían de 2019 y estaban en sede judicial y ante una eminente condena, los evasores optaron por pagar, lo que equivale a entre un 60 y 70% de los procesados que tomaron esa decisión”.
“Son casos en que el abogado le miente al empresario, le crea falsa expectativa y al final; el imputado termina condenado impuesto lo invirtió en otra cosa o lo gastó y no tiene posibilidades de pagarlo y llega a sentencia”, aclaró.
En 1,978 casos de la recuperación a favor del fisco en 2020, los evasores pagaron solo por gestión de la Fiscalía y sin necesidad de ir a los juzgados. En esos casos, los evasores fueron citados a la Fiscalía, donde se les dijo que había una investigación en su contra y que existía una salida menos compleja para solventar su situación fiscal y accedieron a pagar.
En 412 casos, los deudores se acogieron al decreto transitorio vigente en el 2020, que establecía el perdón de multas e intereses por la falta de pago o declaración de sus impuestos y saldaron sus cuentas con el fisco.
Procedimiento de Fiscalía
El trámite varía dependiendo de la unidad fiscal que lo tenga, si está en la unidad de Impuestos, hay una comunicación hacia el empresario o su representación para notificarle que debe determinada suma de dinero en concepto de impuestos para que se presente y se le estructura un plan de pago para solventar esa situación.
En cambio en las unidades penales del estado de la Fiscalía, los procesos son encaminados como hechos delictivos, “parten de la investigación inicial, hay un peritaje contable y se descubre que hay un monto evadido, que ya se tiene la entrevista del perito, que solo falta individualizar quien tiene la representación de la empresa aludida; se procede a intimarlo o notificarlo o se cita para hacerle saber que tiene una investigación y procede a requerirlo en los tribunales y en algunos casos a girarle la orden de detención administrativa”.
Por lo general, los contribuyentes cuando son notificados de alguna evasión, justifican su incumplimiento desde decir que fue “un error contable” hasta decir que “no había liquidez” para pagar el monto, o que “confundieron la tasa impositivas”, son diversas las justificaciones que expresan cuando son abordados, dice el fiscal.
Y es que eso constituye la “defensa material de un individuo” es un derecho que tiene e incluso hasta de mentir.