Más de cuatro semanas se mantuvo un incremento de contagios de covid-19, según los datos del gobierno.


La comisionada presidencial para Operaciones y Gabinete de Gobierno, Carolina Recinos, manifestó que la Asamblea Legislativa depositó el manejo de la pandemia en manos de las alcaldías, a través de la “Ley Especial Transitoria para Contener la Pandemia por la Enfermedad covid-19” a pesar de que el artículo cuatro de dicha normativa confiere al Ministerio de Salud como autoridad competente y ejecutora de la misma.

“Nosotros creemos que es increíble lo que ellos han hecho, han dejado y pretenden dejar en manos de los alcaldes el manejo de la pandemia, en manos de quien no tienen ni la capacidad clínica, ni el conocimiento epidemiológico”, manifestó la comisionada durante una conferencia de prensa ayer.

Recinos reiteró que se deja en manos de los alcaldes el control de la pandemia a pesar que “estuvieron llamando a carnavales, y que estuvieron dando permiso para hacer actividades de aglomeración con el único propósito de llevarles recursos”.
“Pretenden dejar en manos de los alcaldes el manejo de la pandemia, en manos de quien no tienen ni la capacidad clínica, ni el conocimiento epidemiológico”. Carolina Recinos, comisionada presidencial

La comisionada también responsabilizó a la Asamblea Legislativa y la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por “el manejo inadecuado del covid en el territorio” a partir de esta ley.

Referente a las municipalidades, la ley estipula que Salud deberá coordinar con otros ministerios, consejos municipales, instituciones gubernamentales y no gubernamentales, así como con iglesias y universidades para la ejecución de acciones basadas en las necesidades para hacer efectiva la atención ante el covid-19.

 

Autoridad competente


La Ley otorga la calidad de autoridad competente y ejecutora al Ministerio de Salud Pública.



Incluso la ley señala en su artículo seis, que el responsable del control de la pandemia es el Ministerio de Salud, y que también deberá elaborar y ejecutar un Plan Nacional de Prevención, Contención y Respuesta oportuna ante el virus.

Al preguntarle al ministro de Salud, Francisco Alabí, sobre las estrategias que se tomarían para aplicar dicho decreto 757 expresó que son respetuosos de la ley, y que “se está realizando todo lo necesario”, asegurando que “son medidas que constantemente hemos venido desempeñando en el sistema de salud”, pero no dejó claro qué clase de medidas se iban a tomar de la mano de esta ley, o si se iba a tomar en cuenta dicha ley para impulsar otras estrategias.
“Nosotros somos respetuosos de la ley, se está realizando todo lo necesario, son medidas que constantemente hemos venido desempeñando”. Francisco Alabí, ministro de Salud

Algunas medidas.


La ley establece algunas medidas de carácter obligatorio que, previo a su publicación, no existía ningún recurso legal que forzara al cumplimiento de la misma.

Por ejemplo, en el transporte colectivo, lugares de aglomeraciones evidentes en el país, se debe utilizar de manera obligatoria por parte de los motoristas y otros empleados equipo de protección personal de bioseguridad, y en el caso de los pasajeros el uso obligatorio de la mascarilla.

 

El dato


La ley especial estipula que la cuarentena no podrá ser generalizada, sino sólo para aquellos expuestos al virus, o que estén contagiados de covid-19, específicamente.