Los exdirectores no tendrán pena de cárcel, sino trabajo de utilidad pública. / Gabriel Aquino.


El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador concluyó que el manejo de los fondos de las tiendas institucionales, bajo las direcciones de Rodil Hernández y Nelson Rauda, fueron ilegales, al no estar regulados en los manuales de funcionamiento ni en la ley Penitenciaria.

Ambos exfuncionarios utilizaron los fondos para pagar inteligencia, sobresueldos, viáticos, gastos de representación y préstamos a empleados.

“Los fondos de las tiendas institucionales no son para gastos administrativos, salarios, inteligencia porque no benefician a la población penitenciaria”, sostuvo uno de los jueces en la lectura del fallo.

El tribunal condenó a dos años a los exfuncionarios por el delito de actos arbitrarios, pero la pena de cárcel fue reemplazada por trabajo de utilidad pública. Ambos fueron absueltos por administración fraudulenta y toda la responsabilidad civil.

La prueba


Los jueces se refirieron a las declaraciones de los exministros de Justicia David Munguía Payés y Benito Lara; el primero dijo que durante 13 o 14 meses, extrajeron entre $2,000 y $2,500 de las arcas de las tiendas institucionales para el rubro de inteligencia.

Uno de los testigos confesó que en una ocasión se entregó a Ricardo Perdomo $7,700 para gastos de inteligencia por instrucción de un ministro de Justicia.

La pericia desarrollada por contadores de la Corte de Cuentas estableció que Nelson Rauda tomó $64,000 y Rodil Hernández $125,938 para gastos de inteligencia; además $5,000 en gastos de representación en gira por Europa, $24,134 en pago de salarios y concedió préstamos de $20,000, $8,000 entre otros.

Mientras Rodil Hernández entregó viáticos por $10,000 a personal bajo su cargo y otorgó préstamos por $6,000 y $8,000 al personal, como para citar ejemplo.

La auditoría también evidenció que en esas condiciones las tiendas institucionales reflejaban pérdidas, como lo afirmó el exministro Benito Lara en su declaración y los jueces en su fallo, pusieron como ejemplo que sus deudas se mantuvieron en $1,200,000; $1,900,000 y $1,500,000.

Otro de los gastos que fue reprochado a los exdirectores fue que se tomó de las tiendas institucionales $78,156 (Rauda) y $56,740 (Hernández) para reparación y mantenimiento de vehículos para el cual no estaban autorizados.

El artículo 152 de la Ley Penitenciaria establece que los fondos de las tiendas penitenciarias serán usadas para programas de asistencia social, en favor de la población reclusa.

El fiscal Omar Aguilar afirmó que “los actos arbitrarios, ellos derivaban de manera ilegal los fondos para fines distintos a los que la ley ya establecía”.
Consideramos un logro haber obtenido esta condena, ya que un tribunal anterior los había absuelto, por lo menos en esta ocasión se pudo establecer de manera efectiva el delito de actos arbitrarios”. Omar Aguilar, fiscal.

Acto ilegal, no arbitrario


A juicio del abogado defensor Manuel Chacón, “ los jueces valoraron toda la prueba, fueron muy acuciosos y de los cuatro señalamientos hechos a los exdirectores, dos de carácter penal y dos de carácter civil, concluyeron que lo que hubo no es actos arbitrarios sino un acto ilegal, porque los gastos de inteligencia y algunos préstamos salariales no estaban regulados y por eso la acción era ilegal”.

Por su parte, el exdirecto Rodil Hernández aceptó el fallo y urgió a regular qué se puede hacer y qué no con el dinero de las tiendas penitenciarias.

“Ya llevamos más de cuatro años en este juicio que en los actos de administración fraudulenta en ningún momento llegábamos a perjudicar a la población interna; en actos arbitrarios, el tribunal ha concluido que hay ciertas actuaciones que no están expresamente reguladas en la ley, aceptamos el fallo y consideramos urgente se regule lo que se puede hacer y lo que no se puede hacer con los ingresos de las tiendas institucionales de Centros Penales”, afirmó el exdirector Rodil Hernández.
El tribunal determinó que no se da el ilícito con base en la imputación y la prueba vertida en juicio, ni los elementos que llegaron a soportar la acusación y por lo tanto declaró una absolución para Hernández y mi persona”. Nelson Rauda, exdirector de centros penales.