El acusado está en libertad mientras la sentencia esté escrita. / DEM


Julio Élmer Rivas Monterrosa fue condenado a 20 años de cárcel por el intento de feminicidio de su expareja, el pasado miércoles 23 de septiembre; sin embargo, la jueza Especializada de Sentencia para un Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres decidió mantenerlo en libertad durante dos semanas, hasta que la sentencia esté escrita.

El condenado gozaba de su libertad desde el 18 de septiembre anterior, cuando se había convocado al inicio del juicio y este se canceló. ¿El motivo? Estaba próximo a vencerse los 24 meses de su detención provisional.

Desde entonces la víctima, a quien llamaremos Amalia por seguridad, y su núcleo familiar huyen, debido a que temen que Rivas Monterrosa busque venganza por la condena recién impuesta y termine su intento de matar.

“Yo no tengo una explicación, ¿por qué está sucediendo esto? Mi inquietud y mi petición es que yo quiero una recaptura para este señor”, denunció Amalia a Diario El Mundo, quien pidió hacer pública su historia.

Entre lágrimas y la impotencia, la víctima relata que desde que su atacante está en libertad tiene que dormir en el piso con sus hijos, mientras se mantienen escondidos. “¿Qué imputado que ha estado dos años preso y sabiendo que va a ir por una condena de 20 años se va a hacer presente?”, cuestiona la víctima, luego de que la jueza especializada de sentencia le ordenara presentarse 15 días después.

Esta misma pregunta se hace una fuente fiscal“¿Una persona condenada a 20 años se va a presentar? Diga que él tal vez lo quiera hacer, que ha reflexionado y lo que hizo no es correcto pero ¿y los familiares, cree que no le van a decir que se vaya a huir, porque son 20 años que va a pasar detenido? Eso no lo valoró ella (la jueza)”, dice la fiscal a Diario El Mundo.

La fuente fiscal explica que, durante el juicio, la Fiscalía pidió que se ejecutaran las medidas otorgadas en el artículo 368 del Código Procesal Penal, que establece una posible detención para garantizar que el imputado se someta a la vista pública, pero la jueza no impuso las medidas.

Establecida la sentencia de 20 años de cárcel, la fiscal dice que la jueza podía prorrogar hasta por 12 meses la detención provisional –como un caso excepcional– para garantizar el cumplimiento de la condena, mientras se discuten todos los recursos de apelación.
“Es un fallo condenatorio, ya su situación jurídica ya fue resuelta, tal vez no está firme porque nacen los derechos de los recursos, pero ya hay un resultado de la situación jurídica, entonces ella tuvo que haber decretado la detención mientras se daba la sentencia íntegra”, explica la fiscal

 

Revictimización

Amalia no solo tiene que sobrellevar el dolor y la angustia de saber que su atacante está suelto, sino, durante el juicio fue sometida a un proceso que ella llama “humillación y maltrato”.

Amalia narra que, al entrar a la sala de audiencias, la jueza ordenó que la registraran para ver si no llevaba apuntes para su declaración. “Ahí empezó mi humillación”, manifiesta la víctima.

“Se levantó la juez de su silla a registrarme y me empieza a registrar la cartera, mis manos, a ver si andaba apuntes en mis manos, empieza a levantarme la blusa, si andaba apuntes en la bolsa del pantalón. Le dije ‘es una licra la que ando, no tiene bolsas’. Me sentí humillada, pero créame, yo pensé que era lo normal”, apunta Amalia.
“Es la primera vez que nos sucede esto… jamás he visto un juez de sentencia menoscabar la dignidad de la víctima de esa manera”: Fiscal.

La víctima cuenta que, en el juicio, la titular del juzgado le expuso un video de la agresión. “La jueza me hace levantarme a mí, de donde yo ya estaba estabilizada de mis nervios, y me dice ‘que venga la víctima a reconocerse si es que aparece en el video’. Me muestran el video, cuando no tenía la capacidad de poder ver ese video, imagínese ver a mi hija gritar. Para mí, eso era humillación, como para recordarme las heridas, para hacerme sentir más mal. Me querían destruir”, finaliza.

 

Garantías

La fiscal añade que la jueza también violentó el derecho al acompañamiento que las víctimas tienen, según la Ley Especializada integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, en el artículo 57.

“Isdemu estuvo acompañando el caso y andaba la hermana de la víctima y (la jueza) no permitió que ellas estuvieran sentadas a la par de ella, sosteniéndola. Las dejó entrar, pero las dejó atrás, en el público. Y la figura del acompañamiento no es para que intervenga en los procesos, es para que en el momento que usted se sienta mal, le pueda sostener la mano y le de seguridad”, señala la fiscal.
“La jueza me hace levantarme y me dice, que venga la víctima a reconocerse si es que aparece en el video. ver a mi hija gritar. Para mi eso era humillación”: Amalia, víctima del caso

La víctima manifiesta que en la vista pública le fueron decomisados hasta los “kleenex” que ella llevaba para limpiarse “sin acceso a nada, nada más con el micrófono”.

La fuente fiscal dice que solicitaron que Amalia declarara en Cámara Gesell, para evitar que el imputado tuviera contacto con la víctima, pero la jueza lo negó.
“Es primera vez que nos sucede esto, ni siquiera en los juzgados ordinarios yo he visto, que ya he llevado feminicidios en aquella época que no existían los juzgados especializados, jamás he visto un juez de sentencia de jurisdicción ordinaria menoscabar la dignidad de la víctima de esa manera”, agrega la fiscal.

En 2018, Julio Elmer Rivas Monterrosa atacó con arma blanca a Amalia, frente a su hija de cinco años de edad, dejándole graves heridas con secuelas irreversibles. El hecho fue grabado por una cámara de seguridad de un centro comercial capitalino, donde ocurrió el intento de feminicidio.

El jueves en la mañana, la Fiscalía General de la República publicó, en su cuenta oficial de Twitter, el rostro e identidad del condenado.

 

 

Garantías para las mujeres, en el artículo 57 de la ley por una vida libre de violencia contra las mujeres:

 

A las mujeres que enfrenten hechos de violencia se les garantizará:

(…)

  1. g) Recibir asistencia integral, adecuada y oportuna, la cual podrá exceder la duración del proceso administrativo o judicial, independientemente del resultado.

  2. i) El designar a un acompañante durante todo el proceso judicial o administrativo.

  3. k) Que de manera inmediata se decreten las medidas emergentes, de protección o cautelares establecidas en esta o en el resto de leyes vigentes.

  4. m) Prestar testimonio en condiciones especiales de protección y cuidado; así como, a utilizar la figura del anticipo de prueba.

  5. n) A que se tome en cuenta su estado emocional para declarar en el juicio, y que este sea realizado de manera individual.

  6. p) Solicitar medidas de emergencia, protección y cautelares en caso de que se otorgue la libertad anticipada a la persona agresora.