El juez fundamentó su fallo en que el imputado en todo el proceso no tuvo abogado defensor ni él estuvo presente, pues andaba huyendo. Fue detenido hasta en 2021 cuando el caso ya estaba en la fase de juicio.
Para probar su supuesta participación delictiva, Fiscalía solicitó realizar una pericia financiera contable al imputado, la que fue autorizada judicialmente, pero tampoco tuvo participación algún abogado defensor suyo.
A criterio del juez de Sentencia, esas son garantías constitucionales que no se pueden violentar y sí eso ocurre, las pruebas y el proceso es nulo.
Por su parte, la Fiscalía dijo estar en desacuerdo con el juez de sentencia y aseguró que van apelarla ante un tribunal superior.
“Esta persona en el 2011 fue declarada rebelde, sin embargo, se le citó con edictos y se le citó a su domicilio y no respondió, se le intentó nombrar defensor con la Procuraduría General de la República y tampoco se tuvo respuesta, se continuó con la pericia puesto que era una prueba fundamental para el proceso, con el cual se determinaría el detrimento patrimonial”, afirmó la fiscal.
Alfaro Estrada era colector auxiliar del hospital Militar en 2010 y en una ocasión tenía que haber hecho un depósito de $35,000 a la cuenta de esa institución, pero no lo hizo, al contrario depósito esa suma de dinero aparentemente en su cuenta bancaria.
Después de un periodo, el hospital en una auditoría determinó que le hacía falta esa suma de dinero e inició el proceso de investigación que al parecer concluyó que Alfaro Estrada no los había depositado en la cuenta del hospital.
A raíz de esa situación, los apoderados del hospital Militar lo demandaron ante la Fiscalía y ésta realizó la investigación que terminó con su captura.