El juez Especializado de Instrucción “A” de San Salvador, Esli Carrillo, sobreseyó por unas horas el jueves al exministro de Justicia y Seguridad Pública, David Munguía Payés, en el caso tregua entre pandillas, pero luego de un recurso de revocatoria de la Fiscalía General de la República, el juez “reconoció su error”, según los fiscales del caso, revocó su decisión y ordenó que el proceso siguiera.

El juez había valorado el argumento de la defensa que establecía que los hechos que Fiscalía le atribuía al exministro, ocurrieron en el periodo de 2012 y 2014, y a la fecha que presentó la acusación en 2019, ya habían caducado y por esa razón debía ser sobreseído definitivamente por los delitos de agrupaciones ilícitas y actos arbitrarios.

Los fiscales del caso no conformes con esa resolución, interpusieron un recurso de revocatoria con apelación subsidiaria que como consecuencia hicieron que “el señor juez reconociera que hubo un error en la valoración de las disposiciones que había tomado en consideración y revocara su decisión y ordena que el proceso continúe por los tres delitos”, afirmó una de los fiscales.

Los argumentos fiscales que provocaron el cambio de la decisión judicial fueron que los delitos atribuidos a Munguía Payés fueron cometidos cuando era ministro de Justicia y Seguridad Pública, luego que su nombramiento fue declarado inconstitucional, fue nombrado como ministro de Defensa en el periodo de Mauricio Funes y que continuó en la administración del expresidente Salvador Sánchez Cerén.
Tanto cuando cometió los hechos como después que ejerció el cargo público de ministro de Defensa, Munguía tenía fuero constitucional y según la Constitución y los códigos; el plazo de la prescripción (ocho años después) no iniciaba hasta que no cesara en sus funciones”. Fiscal del caso.

El argumento de la defensa


El abogado Manuel Chacón, uno de los defensores de Munguía Payés alegó que Fiscalía pudo haber solicitado un antejuicio contra él cuando supuestamente se dieron los hechos y no lo hizo, por esa razón, la acción penal prescribió.

De acuerdo con lo que establece la Constitución y las normas procesales, la Fiscalía tiene dos opciones en los casos de comisión de delitos por parte de funcionarios públicos.

Uno es que la persona que cometió el delito esté ejerciendo la función, se puede promover ante la Asamblea Legislativa un antejuicio o petición de desafuero, pero también contempla que los funcionarios públicos que no han sido procesados bajo la utilización de ese procedimiento, puedan ser judicializadas las acciones cuando hayan cesado en sus funciones.

A este fundamento se suma que la jueza Especializada de Instrucción “B” y la Cámara Especializada de lo Penal en etapas anteriores, ya habían rechazado ese recurso de prescripción. Se conoció que el juez que lleva el caso es suplente.

En tanto Chacón, insiste que el delito prescribió y “vamos a seguir en esa lucha constitucional que ampara a Munguía Payés, pero los jueces y el sistema judicial no lo quieren reconocer, lastimosamente el derecho es dogmático y de criterios, y a veces difieren de un juzgador a otro”, afirmó.

Munguía Payés está en arresto domiciliar y es acusado de haber negociado la reducción de homicidios en el país entre 2012 y 2014 a cambio de brindar beneficios penales a los pandilleros y de esa manera perfilarse como candidato presidencial para el 2014. Este caso es conocido como Tregua.

Esos hechos, según Fiscalía, constituyeron los delitos de actos arbitrarios, agrupaciones ilícitas e incumplimiento de deberes.