En primer lugar, ordenó reconocer el fenómeno con nombre y apellido: desplazamiento forzado por violencia; también dijo al director de la Policía Nacional Civil y al Fiscal General de la República que como máximas autoridades, debían hacer investigaciones “exhaustivas, diligentes y concluyentes” para esclarecer aquellos delitos que podrían haber sido cometidos en contra de los demandantes.
Al Órgano Ejecutivo, la Sala le mandó a incluir la atención de víctimas de desplazamiento forzado por la violencia, como “una prioridad” en la elaboración del presupuesto general del Estado. En dicho documento para el 2019, el Ministerio de Hacienda no los incluyó.
Al Ministerio de Justicia, a la Comisión Coordinadora de la Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia y a la misma Asamblea, también le encargó diseñar e implementar políticas públicas y protocolos de actuación “orientados a prevenir el desplazamiento forzado”, además de tomar aquellas medidas para recuperar los territorios dominados por las pandillas.
Otra de las conclusiones de los magistrados de la Sala de lo Constitucional, de ese entonces, fue celebrar convenios de cooperación, nacionales e internacionales, para segurar la protección de las víctimas y si fuese posible garantizar la posibilidad de retorno a sus lugares de origen.
Al presidente de la República, le ordenó coordinar con los titulares de las distintas dependencias que integran el Órgano Ejecutivo la realización de las acciones necesarias para prevenir y controlar el fenómeno de la violencia, a través de formulación y ejecución de políticas sociales y aquellas acciones que recobren “progresivamente y de forma permanente” los territorios.