La reforma fue avalada por los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional. / DEM


La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, decidió que la reforma al artículo 70 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República (FGR), no es inconstitucional y avaló la autonomía “funcional y técnica” que la Asamblea Legislativa le dio a la Unidad de Investigación Financiera (UIF).

Los cinco magistrados explican que la referida autonomía no implica la dirección en la investigación de los delitos, sino que “en el marco del fenómeno del lavado de dinero, se ubica en un estadio previo el entorno preventivo, tan importante para evitar el desarrollo de acto de inicio de la legitimación de capitales o de activar alertas de una actividad de esa naturaleza”, dice la resolución.

El fallo explica que la UIF no puede investigar los delitos sin la dirección del Ministerio Público fiscal sino que solo puede “generar inteligencia financiera” para ofrecer pistas a la investigación.

La Sala de lo Constitucional dice que la Unidad de Investigación Financiera está obligada a informar a la Fiscalía General sobre la información encontrada que podría configurarse en delito, para ser investigada o aquello que sirva para prevenirlo.

Añade que, cuando la Unidad recoja información y la analice, podrá hacer dos cosas: “Identificar operaciones económicas que, por sus características objetivas, puedan llegar a estar relacionadas con el lavado de activos, financiación al terrorismo o la proliferación de armas de destrucción masiva” y “advertir la configuración de una operación legítima, de acuerdo con los perfiles y patrones de comportamiento de los sujetos normativos vinculados”.

La Sala resolvió luego que el presidente de la República, Salvador Sánchez Cerén, enviara un veto presidencial superado por la Asamblea Legislativa, donde él alegó que la reforma era inconstitucional.

El mandatario dijo a los magistrados que la reforma iba en contra del artículo 193, ordinal tercero de la Constitución, porque le privaba de “sus competencias constitucionales en la dirección de investigación en delitos financieros” a la fiscalía.

 

Sanción

En su resolución, la Sala de lo Constitucional ordenó al presidente de la República sancionar el decreto y mandarlo a publicar y ayer, después que la sentencia se hizo pública, la Presidencia señaló que sancionaba la reforma.

“La Sala aclaró así la duda razonable que generaba el texto de la disposición reformada, en cuanto a que si dicha Unidad tenía o no la facultad de investigación de delitos sin la intervención de la FGR, determinando que lo que tiene es una facultad de inteligencia financiera y de determinar que si existe algún delito acudirá a la FGR para el proceso de investigación del mismo”, dice un comunicado de anoche.

El veto del presidente Sánchez Cerén a la reforma provocó que el Grupo Egmont suspendiera al país de su participación para compartir y recibir información financiera de 159 Unidades de Investigación Financiera de todo el mundo, para indagar el lavado de dinero, la corrupción y el financiamiento al terrorismo.

Esta reforma era la última petición que el referido organismo había puesto a la Fiscalía, luego que el expresidente Mauricio Funes hiciera público un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) confidencial sobre lavado de dinero, donde aparecía mencionado el expresidente fallecido Francisco Flores y derivó en el polémico caso Cheques de Taiwán, donde se acusó al exmandatario fallecido de lavado de dinero.

 

Artículo avalado

A partir de la resolución de la Sala y de la publicación de la reforma en el Diario Oficial, la Unidad de Investigación Financiera tendrá autonomía.