A partir de un día después de notificada la sentencia 37-2015, la Asamblea Legislativa tiene un año para resolver sobre la concesión del Sistema Ingrado del Transporte del Área Metropolitana de San Salvador (Sitramss), según la orden que hizo pública ayer la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
En dicha sentencia, la Sala declaró inconstitucional el uso exclusivo del carril segregado que fue construido para la circulación de Buses de Tránsito Rápido (BRT, por sus siglas en inglés).
Por unanimidad, los cinco magistrados aprobaron que un resolución del director de tránsito del Viceministerio de Transporte (VMT) era inconstitucional, al hacer exclusivo un carril sin pasar por concesión en la Asamblea Legislativa.
En la sentencia, los magistrados exponen a los diputados cuáles son los pasos que deben seguir para licitar el bien público y definen como licitación “un procedimiento para que la administración pública elija el contratante que mejor satisfaga sus necesidades; por ello, el contrato correspondiente se adjudicará al postulante que objetivamente haya planteado la mejor oferta, esto es, por ejemplo, el menor costo con las mejores condiciones de ejecución, la mejor calidad, de manera que en ello no interviene la libre voluntad de la entidad contratante”, dice la Sala.
Los magistrados advierten que si el año transcurre y la Asamblea no decide, ordenará obras para rehabilitar el tránsito entre el actual carril segregado y el resto de carriles; a su vez, eliminarían las señalizaciones de exclusividad del carril.
Esto también implicaría que las autoridades de transporte deberían decidir qué uso darán a las terminales de Sitramss.
Sitramss empezó a funcionar el 11 de enero de 2015 como plan piloto, y días después inició el cobro de $0.33.
La infraestructura de Sitramss fue construida a través de un préstamo de $45 millones, otorgados por el Banco Interamericano de Desarrollo en 2012, durante el gobierno de Mauricio Funes.
El funcionamiento de los buses fue concedido, por el VMT, a la Unión de Empresas Sipago Sitramss S.A., de C.V., donde participan SI EL SALVADOR S.A., de C.V., ICBS S.A., de C.V. y SIPAGO S.A., de C.V., cuyos accionistas representan el 75 % de los transportistas actuales del AMSS, quienes tienen concesiones otorgadas desde el 2006, según la Sala.
Ayer, el empresario Genaro Ramírez, uno de los demandantes de la sentencia señaló que la justicia “llegó tarde” y que no descartan presentar más demandas por daños y perjuicios causados a su gremio.