En una medida cautelar, la Sala de lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia, ordenó a la alcaldía de Santa Tecla seguir el contrato que tiene con la empresa de origen colombiano, AGM El Salvador S.A. de C.V., en concepto de mantenimiento y administración del servicio de alumbrado público de dicho municipio.
La medida cautelar firmada por todos los magistrados, excepto la presidenta de esta, dice que la comuna teclaña deberá permitir que la demandante (empresa AGM El Salvador S.A. de C.V.) prestar los servicios que son inherentes en el contrato como el mantenimiento de las luminarias ya instaladas, la reposición, el retiro, restitución y arreglo de las correspondientes.
La resolución da cinco días para que la alcaldía entregue a los magistrados los expedientes o el procedimiento de contratación y la finalización del contrato de la empresa demandante.
Por su parte, la magistrada presidenta, Dafne Sánchez, razonó su voto disidente y dijo que la medida cautelar produce "un daño al interés general en beneficio de los intereses privados de la parte actora, en el sentido que seguirá cancelando mensualmente por parte de la autoridad demandada, la cantidad estipulada en el contrato, en concepto de mantenimiento y administración del servicio de alumbrado público", señala Sánchez.
