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Una de las medidas tomadas por el Gobierno en el nuevo decreto ejecutivo 22 es que las personas autorizadas para circular no podrán movilizarse del municipio en donde reside a otro municipio, excepto si se dirige a su lugar de trabajo o si en su municipio de residencia no hay mercados ni supermercados y se dirige a comprar alimentos.

Esta disposición se encuentra en el artículo 2 de las "Habilitaciones previstas en el artículo 8 de la Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19" firmado este 6 de mayo por el ministro de Salud y vigente desde el 7 de mayo. El decreto tiene 15 días de vigencia contados a partir del 7 de mayo.

El presidente Nayib Bukele dijo en cadena nacional que en el Gran San Salvador se prohibiría el traslado entre municipios; sin embargo, en el decreto la prohibición no está limitada a una sola región del país.

El decreto permite únicamente el transporte de personal pero prohíbe el transporte público de pasajeros; así como crea una forma de comprar de acuerdo al número de documentos únicos de identidad (duis).

Los alcaldes, concejos municipales, agentes metropolitanos y comisiones de Protección Civil municipales deberán colaborar con la Policía Nacional Civil, controlando mercados, verificando que los números de duis sean los permitidos y vigilar cumplimiento de las medidas en las comunidades de sus territorios.

De acuerdo al artículo 9, las personas deberán colaborar y acatar las restricciones; de lo contrario, podrían incurrir en responsabilidades penales y civiles.