El miércoles, el abogado explicó que la detención no consta por escrito, como establece el artículo 13 de la Constitución de la República; agregó que no existe peligro de fuga en Nieto, porque gozó de medidas sustitutivas a la detención en todo el proceso y siempre se sometió.
“El Tribunal decreta la detención, lo hace utilizando la detención provisional, en abuso y en exceso, equiparando al comienzo de la ejecución de la pena, lo cual es totalmente prohibido por la Constitución y por el Código Procesal Penal y por el artículo 9.3 del pacto internacional de derechos civiles y políticos, que también es norma de El Salvador”, explicó Quintanilla.
La notificación del Tribunal agrega que “a la fecha aún se continúa con la redacción del acta de la audiencia vista pública” y que los jueces indicaron, el 29 de noviembre, que la detención provisional se fundamentaría en la sentencia escrita.
Jorge Nieto fue condenado a 12 años de cárcel por peculado en la construcción del segundo tramo del bulevar Diego de Holguín, hoy conocido como bulevar Monseñor Romero; por ello también fue declarado a regresar al Estado $12.9 millones.