Una reforma al Código Electoral, cuyo dictamen favorable fue firmado ayer de manera unánime, permitirá que se multe con un salario mínimo a las autoridades que no reporten a tiempo las defunciones con el fin de depurar el padrón electoral.
Los jefes del registro familiar deberán enviar las certificaciones al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y al Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) dentro de 30 días hábiles siguientes a la inscripción de cada defunción.
De lo contrario, serán sancionados con una multa de un salario mínimo legal del sector comercio y servicios por cada infracción.
El RNPN estará obligado a informar al TSE de las defunciones dentro de 30 días hábiles siguientes a la recepción de cada partida de defunción; de lo contrario, enfrentaría una multa idéntica.
Los tribunales comunes también deben reportar dentro de 15 días hábiles siguientes toda sentencia definitiva o ejecutoriada para suprimir los nombres de las personas que pierden sus derechos civiles.
El TSE, según la reforma, procederá a depurar el registro electoral. Si no lo hace, el registrador electoral también deberá ser multado por $300 por cada infracción.
De acuerdo a la reforma acordada, que sería aprobada este jueves, el TSE notificará al concejo y al RNPN por cada infracción impuesta.
Una reforma similar, que daba plazos de 15 días, fue vetada por el presidente Nayib Bukele en noviembre, por considerar que no había sido consultada.