“Hay que tener arriba de $30,000 para hacerse un trasplante renal”, dice el diputado José Luis Urías, del PCN, quien recibió un riñón mediante un trasplante. “Suplicarle al presidente de la República que sancione esta ley. El Gobierno gasta más de $26 millones en diálisis al año”, exclamó ayer.
La ley prohíbe el uso de órganos, tejidos y células de embriones o fetos humanos, prohíbe la donación de mujeres embarazadas, de niños y adolescentes, personas con deficiencias psíquicas y de personas con muerte violenta; y prohíbe gratificación alguna o coacción para el donante.
Un trasplante consiste en trasladar células, tejidos, órganos o parte de estos de una persona a otra.
La aplicación de la ley será gradual. El Ministerio de Salud tendrá cuatro meses para elaborar una política y ocho meses para implementar el Centro Nacional de Trasplante; el Presidente haría un reglamento antes de dos meses.
Un Centro Nacional de Trasplante (Centra) coordinará la distribución y asignación de órganos, tejidos y células para trasplante, y administrará el Registro Nacional de Trasplante. El director del Centra deberá tener capacitación comprable en trasplantes y no podrá formar parte de ningún equipo hospitalario remunerado o ad honorem.
Un coordinador hospitalario del Centra deberá realizar el seguimiento de los donadores y receptores, y brindará la información de las muertes encefálicas aptas para ser donantes. Gana pidió reconsiderar el tema.
La lista de distribución ponderará criterios bioéticos, médicos, de territorialidad, interés superior de los niños y personas donantes.
Los requisitos
Los donantes vivos deben ser mayores de edad, salvadoreño o extranjero establecido en el país, estar en pleno uso de sus facultades mentales, tener buen estado de salud y querer y poder ser donante sin que esto provoque incapacidad física o mental.
Las personas donantes deberán expresar en un formulario su voluntad para ser donante, decisión que podrá revocar en cualquier momento. Si tiene parentesco, deberá firmar un acta notarial.
La ley prohíbe a padres o representantes otorgar consentimiento para donar órganos de niños, excepto si es donación de médula ósea, tomando en cuenta la opinión de los menores de acuerdo a su edad y desarrollo, y siempre y cuando la intervención no les afecte.
En el caso de los donantes fallecidos con muerte encefálica, que deberá ser suscrita por dos médicos, ninguno debe integrar el equipo que realiza trasplantes o extracciones de órganos del fallecido.
Las sanciones por no cumplir las disposiciones serán la suspensión del ejercicio profesional de un mes a cinco años, y multas de 1 a 20 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicio, es decir, hasta $6,000.