Sin embargo, los ciclistas deben respetar la señalización vial así como las prohibiciones en las mismas, darle paso a los peatones y cumplir ciertas condiciones, como tener una bicicleta en buen estado, con buenos frenos, luces, dispositivos reflectivos en rines, un chaleco y casco que cubra toda la cabeza y que se pueda amarrar a la barbilla.
Si el presidente de la República sanciona la ley, estará vigente ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. Pero para que se cumpla, el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte, así como las municipalidades, deben emitir las políticas y reglamentos, los planes, elaborar programas y reglamentos de construcción, y promover condiciones de seguridad vial para el uso de la bicicleta.
Así mismo, estas dos autoridades central y locales ejecutarán “paulatinamente la construcción y adaptación de las vías públicas, espacios públicos, edificaciones y urbanizaciones”.
Entre estas adaptaciones deberán pintarse líneas amarillas a hombro de calle en carreteras o vías urbanas ya existentes, y uso de separadores de bicicarril.
La ley obliga a que toda nueva obra vial debe construirse con una ciclo ruta con señalización y separadores, y los edificios deben contar con estacionamientos. La normativa tuvo 78 votos.