El decreto fue firmado por el ministro de Salud, Francisco Alabí, el lunes 30 de marzo de 2020, y no deja dudas de que en estos establecimientos es un deber usar mascarillas.
El artículo 7 dice que estos establecimientos “deben cumplir las normas” de higiene y aplicar medidas de protección eficaces para empleados y visitantes.
Luego, sin más, menciona que este deber implica medidas como el alcohol gel a la vista para uso de las personas que llegan, garantizar el distanciamiento entre las personas, limpiar las manos –tanto cajeros como clientes– una vez que se tenga contacto con billetes, mascarillas y aislamiento de personas que tosan o estornudas.
Es más, estas normas indican que es necesario llamar al 132 si se requiere atención o traslado de una persona con “síntomas sospechosos”.
El artículo 12 indica que en la industria y las actividades relacionadas en artículos anteriores, deberá proveerse mascarillas “en el caso de que la actividad implique cercanía”, así como alcohol gel y lavado constante de manos.
En el mismo decreto ejecutivo 14, el artículo 8 señala que se autorizan las emergencias, las citas médicas y las emergencias veterinarias, pero se debe usar mascarillas si se encuentra con gripe u otros padecimientos.
El decreto 14, publicado ayer por el presidente de la República, Nayib Bukele, derogó el decreto 12 firmado el 21 de marzo por la entonces ministra Ana Orellana.
El nuevo decreto eliminó la regulación sobre la cantidad de compras semanales que se permitía, pero detalla que si las personas no dan “justificación y autorización” según el decreto “serán conducidas” por los policías a centros que el Ministerio de Salud establezca o a su lugar de residencia.
El decreto sigue sin mencionar entre las excepciones a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), pese a que un decreto legislativo de estado de excepción le da potestad de circular y trabajar.