El presidente anunció en abril la creación de la Dirección de Obras Municipales. / DEM


El Gobierno ha solicitado a la Asamblea Legislativa la creación de una Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM) que reciba el 3 % de los ingresos corrientes netos del presupuesto estatal y tenga poder para adjudicar obras, servicios y consultorías en los 262 municipios del país.

La DOM diseñaría un Plan de Adquisiciones con valor estimado para cada contrato, de acuerdo al proyecto de “Ley simplificada de adquisiciones para obras municipales” presentada el 30 de septiembre por el ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya.

El plan de adquisiciones de obras, servicios y consultorías sería aprobado por la junta directiva de la DOM.

Según el proyecto, la junta directiva de la DOM estaría conformada por un presidente designado por el presidente de la República, un director designado por el presidente de la República, un director designado por el ministro de Hacienda y un director designado por el ministro de Desarrollo Local.

El director ejecutivo de la DOM sería nombrado por el presidente de la República para un periodo de cinco años, de acuerdo al proyecto.

 

Licitaciones.


La normativa propuesta establece cinco métodos de compra de obras municipales, dentro de las cuales incluye la licitación competitiva y la licitación limitada.

De acuerdo al artículo 13 del proyecto, una adjudicación de cualquier licitación cuyo monto sea menor o igual a $80,000 sería aprobado por el subdirector ejecutivo de la DOM. Así mismo, si el proyecto asciende a un monto entre $80,000 hasta $200,000 sería aprobado por el director ejecutivo. En tercer lugar, , si el proyecto supera los $200,000 se aprobaría por la junta directiva de la DOM pero podría delegar también al director ejecutivo.

La diferencia entre la licitación competitiva y la limitada es que la primera se da con una convocatoria abierta y pública de documentos para la presentación de ofertas y la limitada es una licitación “mediante invitación directa sin convocatoria pública”.

La DOM optaría por una licitación limitada cuando existan un número limitado de proveedores o “razones excepcionales que justifiquen técnicamente la no realización de una licitación competitiva con convocatoria pública”.

 

Comparar precios.


El proyecto oficial para adjudicar obras municipales incluye también la “comparación de precios” y la define como una comparación de cotizaciones obtenidas por invitación a al menos tres proveedores registrados en un banco de oferentes.

Los documentos de solicitud de oferta serían aprobados por el subdirector ejecutivo.

El monto máximo del método de comparación de precios es $200,000. Bajo este método, la adjudicación sería decidida por el subdirector ejecutivo si el monto es menor o igual a $80,000; por el director ejecutivo, si oscila entre $80,000 y $200,000.

La ley también incluiría la contratación directa para proyectos de montos igual o menor a $10,000.

 

LACAP “se aparta”.


El Gobierno argumenta que se pretende que la DOM despliegue sus actividades a los 262 municipios, por lo que requieren “un proceso de adquisiciones y contrataciones que responda a este nuevo modelo”.

Así mismo, sostiene que la actual Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) “responde a un modelo... que se aparta de las características” de la DOM, como centralización de facultades, volumen de adquisiciones y naturaleza de las obras.

 

El dato


El Gobierno está pidiendo un régimen jurídico especial para adjudicar y decidir las obras en los 262 municipios, creando normas diferentes a la LACAP.

 

Métodos de compras de las obras


El proyecto de Ley Simplificada de Adquisiciones para Obras Municipales incluye cinco tipos de procesos de compra o contratación de una obra municipal. Estos son.

 

  1. Pública


Licitación competitiva. Convocatoria abierta, publica documentos de solicitud de presentación de ofertas, para que tengan la misma oportunidad (artículo 87).

 

  1. No pública


Licitación limitada. Licitación mediante invitación directa sin convocatoria pública. Hay un número limitado de proveedores y se daría en “casos excepcionales” (artículo 88).

 

  1. Tres mínimo


Comparación de precios. Comparación de cotizaciones obtenidas de convocatorias a contratistas precalificados o no. Monto hasta de $200,000 (artículo 89).

 

  1. La dirección


Compras para sus funciones. Indica que es de naturaleza expedita y simplificada, puede ser con una sola cotización sin competencia con requisitos (art. 15).

 

  1. 1971 - 1976


Contratación directa. Método para contratar sin competencia cuando el monto sea igual o menor de $10,000, requiriendo solicitud de cotización (artículo 90).