La cuarentena domiciliar obligatoria, así como la cuarentena controlada por 30 días a quienes violen el resguardo domiciliar y se consideren sospechosos o expuestos a la pandemia COVID-19 fue confirmada por el Ministerio de Salud a través del decreto 21.

El decreto fue firmado el lunes por el ministro de Salud, Francisco Alabí, y tiene vigencia hasta el 16 de mayo.

El contenido del decreto es idéntico al decreto ejecutivo 19, firmado por el mismo funcionario, y mantiene la cuarentena controlada de 30 días a las personas que circulen sin autorización por las calles y que, según una evaluación médica, puedan tener la enfermedad, con la remisión de su vehículo para su desinfección.

Este es el decreto que declara todo el territorio nacional como zona epidémica y que ordena a toda la población que “deberá mantenerse en resguardo domiciliar obligatorio” y regula las excepciones de personas y empresas autorizadas para poder operar.

Las excepciones no se han modificado respecto al decreto 19: aquellas personas cuya necesidad sea adquirir alimentos y bebidas, productos farmacéuticos, tratamientos médicos y emergencias, mercados y supermercados, para compras de una persona por familia en un máximo de dos veces por semana.

El artículo 2 del decreto 21, que regula las compras en mercados y supermercados, indica que si una persona hace “más de tres salidas” sin justificación “deberá ser llevado a cuarentena a fin de minimizar los riesgos de contagio”.



¿Y el fallo?

La Sala de lo Constitucional ha emitido al menos tres resoluciones en las cuales ha resuelto que el internamiento forzoso por incumplir la cuarentena domiciliar es ilegal, debido a la falta de una ley formal aprobada por la Asamblea Legislativa que regule dicha sanción. Este martes, la Comisión Política de la Asamblea Legislativa recibió la notificación de esta resolución de la Sala de lo Constitucional.

Los diputados votaron a favor de enviar a la Sala el proyecto de “Ley especial para proteger los derechos de las personas durante el estado de emergencia decretado por la pandemia COVID-19”, que el Legislativo aprobó el 17 de abril. Esta normativa prohíbe las detenciones como sanción por violar la cuarentena.

El Gobierno ha solicitado una Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19 que mantiene la cuarentena controlada a sospechosos y expuestos.