El Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió, en una resolución publicada el viernes pasado, no aplicar la disposición del artículo 219 del Código Electoral que impide participar al partido ganador de la distribución de regidores por residuo.
¿Qué significa?
Se trata de una disposición que otorga la mayoría –la mitad más uno– de regidores al partido ganador, aunque este tenga menos la mitad de los votos.
Como el partido ganador se lleva siempre la mayoría del concejo, en su última disposición reparte los regidores por residuo únicamente entre los partidos perdedores.
Por ejemplo, si en una alcaldía gana el partido celeste, este se lleva el alcalde, el síndico y la mitad más uno de los regidores, es decir, 6 de 12 regidores. El resto de regidores se reparten solo entre los perdedores, de más a menos votos.
El TSE, entonces, repartió los concejales entre todos los partidos o coaliciones sin excepción. Dos abogados consultados por Diario El Mundo creen que esta inaplicación es ilegal.
Abre posibilidad de demanda
El director ejecutivo de la organización Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, aseguró que la decisión del TSE abre la posibilidad que se pueda presentar alguna inconstitucionalidad o una demanda de amparo ante la Sala de lo Constitucional.
Eso complicaría el panorama. Si la Sala no resuelve antes, que asuman los nuevos concejales, que, si hay una sentencia que declare la inconstitucionalidad o que ampare a quienes hayan presentado este recurso, significaría que podría salir del cargo el concejal que le se asignó indebidamente a Nuevas Ideas”. Eduardo Escobar, director de la AC.
¿Qué consecuencias trae la decisión?
Escobar aseguró que ya habían “advertido que por el momento el Tribunal ya había perdido el control como máxima autoridad en el proceso electoral” y esto “nos podría estar mostrando que cedió el Tribunal ante presiones de Nuevas Ideas al incluirlo en la distribución por residuos de los concejales”.
El abogado señala que si el TSE comienza a ser “discrecional” y no aplicar la ley en ciertos casos se estará en un serio problema en las próximas elecciones o cualquier decisión futura en materia electoral.
El abogado no cree que la disposición inaplicada violaba la proporcionalidad, como argumentaron los magistrados del TSE, ya que se les está dando participación a todos.
Nuevas Ideas tiene garantizada la mayoría simple en la mayoría de los concejos, ese argumento del Tribunal, (de) que se está violando el pluralismo, no es tal… Ahora, se está afectando a algunos partidos que pierden concejal y pierden representación. En todo caso, si se llega a determinar que la distribución actual tiene problemas, lo que hay que hacer es reformar la ley, no venir y aplicar antojadizamente”. Eduardo Escobar.
Proporcionalidad sobre la pluralidad
Por su parte, la abogada Ruth López, aseguró que viola el principio de legalidad porque la disposición excluye el partido que ha ganado con más del 50 % de votos en el reparto y lo único que ha hecho es “favorecer a un partido claramente en contra de los concejos municipales plurales”. López aseguró que es un tema que debe conocer la Sala de lo Constitucional.
Para la abogada, es un retroceso para los concejos municipales plurales, porque se privilegia la proporcionalidad a la pluralidad, que fue una decisión del legislador a partir de resoluciones de la Sala de lo Constitucional.
Que deje de violar las reglas, ya la violó integrando a los partidos políticos a las mesas de escrutinio final, cuando eso viola no solo el artículo 209, sino un criterio jurisprudencial de la Sala de lo Constitucional y ahora inaplica una disposición legal sin remitirlo a la Sala. Es un retroceso porque se ha privilegiado la proporcionalidad a la pluralidad”. Ruth López, abogada.
La abogada especialista hace un llamado al TSE para que deje de violar las reglas y que deje de inaplicar disposiciones legales sin remitirlo a la Sala de lo Constitucional.