La semana pasada, los diputados de la Comisión de Hacienda recibieron un informe que describe cómo ha sido la ejecución de este Fondo, que flexibiliza las compras en el Estado.
El Fopromid fue creado el 18 de agosto de 2005 pensando en las necesidades económicas que causaran los efectos de terremotos, tormentas tropicales, huracanes, inundaciones, y sequías en El Salvador, con un aporte inicial de $4,000,000.
Hasta mayo, este fondo, que gracias a su ley flexibiliza las compras de emergencia, llegó a $611,145,488, un 81.5 % de estos provienen de reorientaciones presupuestarias.
Un total de $375 millones se destinaron a la compensación económica de $300, $55.3 millones se ocuparon para comprar cestas alimentarias, $52 millones se utilizó en la compra de insumos, equipos y medicamentos, y $35 millones en la construcción, ampliación y remodelación de hospitales.
El Gobierno usó $5.9 millones en alquiler de hoteles y readecuaciones de centros de contención, $3 millones en kits para centros de contención, $500,000 de combustible para operativos en fronteras, $800,000 para el personal militar en fronteras y puntos ciegos, $100,000 para gastos de operación para manejo de crisis y $2.8 millones se destinaron a las medidas de abastecimiento de agua. Del total, se han gastado $530,388,783.51, pero ya se comprometió casi el total, $587 millones.
Las modificaciones presupuestarias están registradas en marzo, con $314 millones; en abril, por $42 millones del Gobierno de Japón; y $139.7 millones del Fondo General. En mayo, ha habido dos modificaciones: $4.04 millones del Gobierno de Japón; $30.6 millones del Fondo General, y en junio, $53 millones del Fondo Monetario Internacional.
Fondos flexibles
La Ley de Fopromid permite mayor flexibilidad en las compras que hace el Gobierno, es decir, no se aplican las exigencias de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), pero también faculta al Ministerio de Hacienda –que administra el Fondo a través de la Unidad Financiera Institucional (UFI)– a regular en instructivos el manejo del dinero (artículo 10).
Estos fondos no están exentos de las auditorías de la Corte de Cuentas de la República. El reglamento indica que todas las compras deben tener la documentación de respaldo sobre el destino del gasto y obliga a su liquidación 15 días hábiles después de decretada la emergencia.