Las empresas deben contratar a una persona con discapacidad por cada 25 de sus empleados. / DEM


Con 72 votos, la Asamblea Legislativa aprobó este lunes la “Ley especial de inclusión de las personas con discapacidad” que establece sanciones entre 1 a 9 salarios mínimos mensuales por las infracciones leves, graves y muy graves impuestas por un Tribunal Sancionador que empezar a funcionar dentro de un año.

La ley reitera la obligación de toda empresa a contratar a una persona con discapacidad por cada 20 trabajadores, así como la preferencia para las contrataciones en la administración pública en caso de empates. Sin embargo, esta vez establece una multa por no cumplir: 7 a 9 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios, es decir, de $2,100 a $2,700.

También serán faltas muy graves: impedir el abordaje al transporte público, negar la matrícula educativa o expulsarlos, negar asistencia médica oportuna, negar habilitación y rehabilitación en instituciones públicas.

La ley abre la participación de las personas con discapacidad en el Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conaipd), que estará conformado por 14 personas, la mitad funcionarios del Estado y la mitad, organizaciones.

Así, el Conaipd estará conformado por los titulares de la Procuraduría General de la República y ministerios de Salud, Trabajo, Obras Públicas, Educación, Hacienda y Gobernación, además de siete representantes de la sociedad civil organizados en asociaciones de personas con discapacidad.

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) actuará como observadora con derecho a expresión pero sin derecho a voto. Una persona elegida entre ellas será el presidente, cargo que será rotativo y durará tres años. Sin embargo, para que sea ley, la normativa debe ser sancionada por el Presidente de la República.

 

Las infracciones

Impedir el abordaje de personas con discapacidad a cualquier unidad de transporte público, negar la matrícula de las mismas en todos los niveles del sistema educativa y negar asistencia médica oportuna serán infracciones muy graves según la nueva normativa.

Las infracciones muy graves tendrán multas entre 7 y 9 salarios mínimos.

Así mismo, será falta grave impedir el acceso a cualquier lugar abierto al público por condición de discapacidad.

La normativa también castigará con estas multas máximas a na negación de habilitación y rehabilitación, la falta de respuesta a sus denuncias y negar la contratación de cualquier tipo de seguro privado por condición de discapacidad también serán faltas muy graves.

La aprobación fue celebrada por todos los partidos políticos. David Reyes, de Arena, la calificó de histórica. Rolando Marín, del PDC, dijo que era consenso en un 99 %.