Diputados de Nuevas Ideas recibieron el proyecto de reformas con modificaciones y felicitaron al presidente de la Comisión y al ministro de Trabajo.


Las empresas de seguridad privada deberán pagar seguros de vida a sus agentes, de acuerdo a una reforma a la Ley de Servicios Privados de Seguridad que prevén aprobar en los próximos días los diputados de Nuevas Ideas.

La reforma fue estudiada este lunes en la Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa. Según el proyecto leído el lunes, no pagar el seguro de vida por muerte o invalidez a favor del trabajador será infracción muy grave.

Las infracciones muy graves serían castigadas con multas entre 41 y 80 salarios mínimos mensuales del sector servicios, es decir, entre $14,965 y $29,200, tomando en cuenta que el salario mínimo es $365 desde el 1 de agosto pasado.

El costo del seguro de vida no podrá ser costeado por el trabajador, de acuerdo al proyecto leído.

 

Otras muy graves.


Además de no contratar un seguro de vida para los agentes, serán infracciones muy graves aplicar al seguro de vida el Impuesto sobre la Renta (ISR), no conceder las pausas alimenticias a los agentes, no adecuar espacios físicos con ventilación e iluminación y ergonómicos a los trabajadores, así como no conceder pausas y condiciones para las necesidades fisiológicas de los trabajadores.

Así mismo, serán infracciones muy graves no proporcionar las herramientas de trabajo en buen estado, como armas registradas, municiones, uniformes y calzado.

No cumplir las jornadas laboral de 8 horas diarias y 44 horas semanales en jornada diurna; y de 7 horas diarias y 36 horas semanales en jornada nocturna también constituirán una infracción muy grave.

Así mismo, la falta de pago del salario íntegro, descuentos ilegales, reservar los contratos, no conceder descansos semanales e impedir el trabajo de inspección del Ministerio de Trabajo serán infracciones muy graves.

 

Maltrato verbal.


El maltrato verbal a un agente de seguridad será una infracción grave que podrá acarrearle a la empresa una multa de 21 a 40 salarios mínimos, es decir, de $7,665 hasta $14,600.

También podrían ser impuestas, si se aprueba la reforma, a empresas que discriminen al trabajador, que no den permisos remunerados por consultas médicas o para acompañar a familiares cercanos enfermos, o no den insumos.

La reforma dará un tiempo para que las empresas informales puedan normalizarse.

La Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa aún no aprueba el dictamen. Citará al director de la Policía Nacional Civil y leerá artículo por artículo el jueves.

 

Los cambios a la Ley de Servicios Privados de Seguridad


De acuerdo al Ministerio de Trabajo, la reforma beneficiaría a 30,000 personas que laboran en agencias de seguridad privada y, con sus familias, a 150,000 personas. Algunas normas ya son legisladas en el Código de Trabajo, más no las multas.

 

  • Jornada laboral


Cumplir jornadas de 8 horas diarias o 44 horas semanales en jornadas diurnas. Lo dice el actual Código de Trabajo.

 

  • Pagos extras y nocturnidad


La reforma indicaría expresamente que cualquier hora extra debe pagarse al 100 % y nocturnidad al 25 % adicionales.

 

  • Pausas alimenticias


Con la reforma, las empresas estarán obligadas a dar pausas para que los agentes de seguridad se alimenten.

 

  • Ventilación y ergonómica


Será obligación del empleador dar condiciones de ventilación, iluminación y equipamiento ergonómico.

 

  • Necesidades fisiológicas


También las empresas estarían obligadas a conceder las pausas para las necesidades fisiológicas del trabajador.

 

  • Transporte


Será infracción grave no dar transporte o no reconocer los gastos del mismo en jornada nocturna, asueto o casos especiales.