La comisión ad hoc para cumplir la sentencia sobre la ley de amnistía es presidida por el diputado Rodolfo Parker, actual secretario del Partido Demócrata Cristiano./ DEM


En una entrevista sostenida el viernes, el presidente de la “Comisión ad hoc que estudia las implicaciones de la sentencia de la Sala de lo Constitucional que declaró inconstitucional la Ley de Amnistía”, Rodolfo Parker, dijo que la propuesta de Ley de Reconciliación que ha redactado no es un borrador oficial, sino un insumo al cual le llama “paper”. En este, propone “una amnistía no irrestricta” que excluye delitos de lesa humanidad y delitos mencionados en el informe de la Comisión de la Verdad y establece una pena que puede llegar hasta el trabajo de utilidad pública.

 

¿Cuáles serían las atribuciones de la Comisión de Reconciliación?

Esa es una, recomendárselos al fiscal general (casos a ser judicializados). Segundo, supervisar las atribuciones a distintas entidades porque se crea la comisión de búsqueda, el comité de víctimas, que se cumpla que haya presupuestos y también en lo que respecta a los archivos.

 

¿Se establece un criterio para decidir qué casos recomendar?

Sí, se establece un criterio partiendo de la definición que nos hemos permitido dar, de delitos de lesa humanidad y casos graves.

 

¿Qué definición?

Casi que la tomé del derecho internacional y una mezcla del informe de la Comisión de la Verdad, graves hechos que hayan generado conmoción independientemente del número de víctimas.

 

¿El caso jesuitas?

Pues, naturalmente. Yo considero que naturalmente debería ser incluido.

 

¿Incluido entre los casos judicializados?

Sí. O que continúe siendo judicializado porque ese es un caso que ya está abierto.

¿Cómo considera su mención en el informe de la Comisión de la Verdad en el caso jesuitas?

Dimensioname la pregunta.

 

¿No considera un conflicto de interés conformar la Comisión de Reconciliación?

Primero, no hay una definición a priori de quiénes la integrarían. No necesariamente yo voy a participar en ella. En su momento, hice comunicados de página entera, si la tengo que resumir en dos palabras, ya cargué con mucha dignidad a un señalamiento que no tenía ningún fundamento real y tampoco me llegó a afectar en ninguna forma. Yo no podría encubrir algo que no existía. Después del informe de la Comisión de la Verdad, hubo una resolución llevada al Consejo de Seguridad de la ONU y dijo que no se consideraría un incumplimiento al acuerdo de paz el que no se observaran los efectos de la Comisión de la Verdad en los señalamientos individuales.

 

¿Cómo sería el proceso de judicialización de los casos según la propuesta de Ley de Reconciliación? La Comisión Nacional hace las recomendaciones, fiscal general decide cuáles son los casos que va a abrir.

 

¿Y va a haber cárcel?

No, no habría cárcel. No necesariamente.

 

¿Por qué?

A ver, ninguno de los insumos presentados en la Asamblea Legislativa hablan de cárcel, incluyendo la Uca (Universidad Centroamericana José Simeón Cañas), ningún insumo te sugiere cárcel, busca meter presos o quitarle las casitas a los involucrados, perseguir civilmente a los involucrados. Tuvimos que cotejar el derecho internacional, para hacer consultas, también en foros, penas alternativas a la prisión, eso es lo que existe, se establece ahí.

 

¿Cuáles serían esas?

Bueno, eso sería discrecional de los jueces pero ya está previsto en el derecho común. Trabajo de utilidad pública, para resumirlo.

 

¿Dentro de las propuestas se prohíbe la cárcel?

No es que se prohíbe, se establecen medidas privativas a la prisión.

 

¿Se inhibe a procesarlos civilmente también?

No se busca consecuencias civiles de los delitos que se llegaran a establecer, ni cárcel, ni consecuencias civiles de los delitos.

 

¿Cómo se establece eso en la normativa?

Primero, que no es parte de lo que se busca, se busca judicialización de los casos en busca de la verdad de lo que hubiese ocurrido y, una vez resultaren responsables condenadas, hay mecanismos de perdón, que evitaría cualquier pena pero, si no se implementan, se establecen las medidas alternas que se podrían resumir en trabajos de utilidad pública y hasta ahí es la sanción prevista.