Sin prisión y con una pena principal de trabajos de utilidad pública, una nueva Ley de Reconciliación podría permitir juicios contra personas encontradas culpables de delitos de lesa humanidad cometidos durante la guerra a quienes la Fiscalía General de la República decida acusar.

Se trata de un documento de trabajo de la “Comisión ad hoc que estudia las implicaciones de la sentencia de la Sala de lo Constitucional que declaró inconstitucional la Ley de Amnistía”, integrada en la Asamblea Legislativa y conformada luego de que la Sala declaró inconstitucional la amnistía incondicional y absoluta de 1993.

El artículo 1 propone una “amnistía amplia, absoluta e incondicional” de las personas que hayan delinquido en grupos de 20 personas o más antes del 1 de enero de 1992. Pese a que la amnistía es absoluta, la propuesta presenta excepciones.

El artículo 2 señala que los crímenes de lesa humanidad y las graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario “serán sometidos ante la justicia” “con el propósito único de que se conozca la verdad sin perjuicio de sanción distinta a la prisión, y se proceda a la reparación de las víctimas” y el artículo 3 excluye de tal amnistía los delitos de terrorismo, secuestro, extorsión y relativos a las drogas.

La ausencia de prisión en los delitos graves cometidos durante la guerra es defendida por los miembros de la comisión ad hoc. “Es que no es un consenso, es un mandato de la Sala. No queda capacidad discrecional de una cosa o la otra”, argumenta el diputado y militar retirado Mauricio Vargas, miembro de la comisión ad hoc.

El diputado del FMLN Damián Alegría señaló que la idea es tener una ley que permita la reconciliación. “Que haya una justicia aunque sea en términos de justicia restaurativa. Muchos de los autores son personas mayores hasta con enfermedades. Tampoco es una venganza para hacerlos pedacitos”, dijo el miembro de la comisión. Argumentó que la sociedad debe sanar sus propias heridas y evitar que este país repita estos hechos.

El presidente de la comisión ad hoc, diputado Rodolfo Parker, reconoció que no se propone cárcel y argumentó que nadie lo ha propuesto a los diputados. “Ninguno de los insumos presentados en la Asamblea Legislativa hablan de cárcel, incluyendo la Uca (Universidad Centroamericana José Simeón Cañas), ningún insumo te sugiere cárcel, busca meter presos o quitarle las casitas a los involucrados”, explicó.

En una primera reacción, ayer, el exmagistrado Rodolfo González y firmante de la sentencia de inconstitucionalidad de la ley de amnistía aseguró que la exclusión de la prisión como pena posible podría violar la sentencia de la Sala y los derechos de las víctimas.

 

Plazo: seis meses

La propuesta indica que los graves hechos judicializados podrían ser sometidos a la justicia en un plazo de 180 días y se priorizarán los casos “que no han sido objeto de investigación y enjuiciamiento”.

El documento sugiere la creación de una Comisión Nacional de Reconciliación conformada por dos personas nombradas por el Presidente de la República exmiembros de las partes del conflicto, representantes de cada uno de los partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa y el procurador para la Defensa de los Derechos Humanos.

Esta comisión recomendaría a la Fiscalía General qué casos judicializar y promovería la depuración de archivos sobre “distintas versiones de la realidad” con un espíritu “esclarecedor”.

El diputado Vargas señaló que él recomendó que el documento se mantuviera confidencial “para que no se fuera a dinamitar antes de tiempo”. Al igual que Parker, aclaró se trata de un documento de trabajo y no un proyecto, pero advirtió que no cree que se boten los artículos propuestos “porque tienen el rigor académico de acuerdo a la sentencia”.



La sentencia

 

Hechos excluidos

Quedan excluidos de la amnistía los hechos atribuidos a ambas partes que puedan ser calificados como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario.

 

Los hechos excluidos de la amnistía tras la finalización del conflicto armado son los casos contenidos en el Informe de la Comisión de la verdad, así como aquellos de igual o mayor gravedad y trascendencia imputados a ambas partes.

 

 

15/03/1993

La Organización de Naciones Unidas (ONU) dio a conocer el informe de la Comisión de la Verdad. Varios políticos actuales aparecen mencionados.



20/03/1993

La Asamblea aprobó con 47 votos y con dispensa de trámite la Ley de Amnistía General de 1993. Sustituyó a la primera ley aprobada en 1992.

 

 

13/07/2016

La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Amnistía General aprobada en 1993. Revivió la anterior y ordenó a la Asamblea legislar.