La Sala de lo Constitucional declaró constitucionales las disposiciones por las cuales el presidente Nayib Bukele vetó el decreto 661 aprobado el 12 de junio por la Asamblea Legislativa para regular una reapertura económica con medidas sanitarias ante la pandemia covid-19.

La Sala ordena a la Asamblea a que reforme inmediatamente el decreto ya que contiene disposiciones “completamente desfasadas” en fechas o jurisprudencia.

“El Órgano Legislativo debe adecuar los artículos que la hagan viable, tomando en cuenta el actual contexto de la pandemia y valorando los insumos que le pueda proporcionar el Ministerio de Salud”, dice el escrito de 37 páginas.

Llama a los legisladores a tomar en cuenta la jurisprudencia constitucional en disposiciones sobre la emergencia nacional y repatriación contenidas en el decreto 661.

Así también, insta al Presidente a que si la Asamblea hace esta reforma “haga uso responsable de sus atribuciones en el proceso de formación de ley” y que no dilate tiempos de sanción y publicación.

El fallo obliga al presidente de la República, Nayib Bukele, a que sancione el decreto y lo publique como ley “en el menor tiempo posible”, ya que su vigencia como fue aprobado concluye el 7 de septiembre.

El gobernante tildó de acto político la sentencia y cuestionó la declaratoria constitucional de un decreto que abriría el transporte público el 7 de junio. “¿Qué hacemos? ¿Retroceder el tiempo”, cuestiona.

Si el mandatario no lo sanciona en 8 días, se presume la sanción y, si no lo publica en 15 días, lo hará el presidente de la Asamblea Legislativa en el Diario Oficial u otro diario de mayor circulación del país.

La Sala argumentó que las disposiciones objetadas por Bukele no invaden competencias del Órgano Ejecutivo, porque la limitación de derechos fundamentales es competencia del Órgano Legislativo, no del Ejecutivo.



Emergencia válida pero a reconsiderar

La Sala advierte que el decreto 661, la “Ley especial de emergencia por la pandemia covid-19, atención integral de la vida, la salud y reapertura de la economía”, contiene una declaración de emergencia que permite contrataciones directas.

De acuerdo a la sentencia, la declaratoria puede ser aprobada en un decreto autónomo o en una ley formal junto a otro tipo de regulaciones.

Sin embargo, insta a la Asamblea a actualizarla mediante una reforma que tome en cuenta estándares constitucionales, reconsiderando su viabilidad en un contexto diferente. La Sala reitera que la Asamblea y la Presidencia deben inmediatamente coordinar esfuerzos y dialogar para buscar consensos para enfrentar la pandemia del covid-19.